Requisitos Legales para la Emisión de Facturas según el SII

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Requisitos de Forma para Documentos Tributarios

Para cumplir con la normativa vigente, los documentos deben ajustarse a las siguientes especificaciones:

  • Dimensiones mínimas: 21,5 cm de ancho por 15 cm de alto.
  • Numeración: Debe ser creativa, única y nacional. En el caso de contribuyentes que desarrollen actividades en más de un establecimiento o sucursal, deberán emitir sus documentos con numeración correlativa, conforme a la Resolución Nº 2107 de 1983 del Servicio de Impuestos Internos (SII).
  • Leyenda de destino: Los ejemplares llevarán impresa la leyenda que indique su destino en el vértice inferior derecho del documento (horizontal), por ejemplo: Original: Cliente; Duplicado: Servicio de Impuestos Internos, etc.
  • Timbraje: Debe estar timbrado con el sello oficial por el Servicio de Impuestos Internos, previo a su emisión por el comerciante.
  • Recuadro de identificación: El Rol Único Tributario (RUT) del emisor, el nombre del documento (la palabra "Factura") y su número correlativo deberán estar impresos en un recuadro de 4 cm de altura por 8 cm de largo, enmarcado por una línea de un milímetro de grosor. Dicho recuadro debe estar ubicado en el ángulo superior derecho del documento, a 0,5 cm del corte y ser de color rojo.

Requisitos Relacionados con la Emisión

Todo documento tributario debe contener la siguiente información obligatoria:

  • Fecha de emisión.
  • Numeración correlativa.
  • Identificación del emisor: Nombre completo o razón social y número de RUT del contribuyente emisor.
  • Identificación del destinatario: Nombre completo o razón social y número de Rol Único Tributario del destinatario.
  • Domicilio completo del establecimiento.
  • Giro del negocio.
  • Detalle de la operación: Descripción de las mercaderías transferidas o naturaleza del servicio.
  • Valorización: Detalle de la mercadería transferida, precio unitario y monto de las operaciones.
  • Documentos previos: El detalle de las mercaderías y el precio unitario podrán omitirse cuando se hayan emitido oportunamente las correspondientes guías de despacho.
  • Impuestos: Indicar separadamente la cantidad recargada por concepto de impuesto cuando procedan.
  • Referencia: Indicar número y fecha de la guía de despacho cuando procedan.
  • Condiciones de venta: Especificar si es al contado, al crédito, mercadería puesta en bodega, etc.
  • Formato de copias: Las copias podrán emitirse con papeles, colores o tintas diferentes del original y no deberán llevar impreso ningún tipo de fondo.

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