El Consejo de Estado: Funciones, Dictámenes y su Impacto Jurídico
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El Consejo de Estado: Funciones y Tipos de Consultas
El Consejo de Estado emite sus pareceres normalmente a consulta de un órgano de la Administración activa, aunque no tiene por qué ser necesariamente así: su Ley Orgánica le autoriza a elevar «mociones o propuestas» al Gobierno acerca de cualquier asunto (LOCE, art. 20.2).
No obstante, la parte más importante de la actividad del Consejo de Estado es la respuesta a las consultas que se le hacen. Estas consultas pueden ser de dos tipos:
- Consultas preceptivas: Cuando una norma establece el deber de pedir el dictamen del Consejo de Estado en un determinado tipo de procedimientos administrativos.
- Consultas voluntarias: Aquellas en las que la autoridad consultante dispone libremente de la opinión
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