Derecho a la libertad de creencia
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Están contempladas en el art. 16 CE. La libertad religiosa es una libertad clásica en la historia del constitucionalismo, y la libertad ideológica es una libertad innovadora ya que tradicionalmente solo se ha reconocido la libertad de expresión. Ambas pueden considerarse manifestaciones de la libertad de pensamiento.
Por ello, la libertad religiosa es el derecho a mantener ideas y convicciones de cualquier tipo sobre la sociedad y comunidad política; y la religiosa sobre el origen del hombre, sobre la existencia de un ser o varios superiores al hombre y creador de todo lo existente o sobre concepciones análogas.
La libertad de pensamiento es el reducto más íntimo y es ilimitada, caracter absoluto que se reconoce en el art. 16.2 que impide... Continuar leyendo "Derecho a la libertad de creencia" »
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