Acceso a la carrera judicial en España: requisitos, categorías y mecanismos procesales
Resumen
El texto explica los requisitos generales para ingresar en la carrera judicial española y las tres categorías de acceso (Juez, Magistrado y Magistrado del Tribunal Supremo o de Sala de TSJ), con sus procedimientos. Después describe mecanismos procesales como la declinatoria, la litispendencia y la cosa juzgada, con sus efectos sobre el proceso.
Puntos clave
- Requisitos generales: ser español, mayor de edad, licenciado en derecho, no estar incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad de la LOPJ y no tener sesenta años o estar próximo a cumplirlos.
- El acceso por la categoría de Juez exige superar una oposición libre y un curso teórico-práctico en la Escuela Judicial, que depende del CGPJ y se sitúa en Barcelona.
- Hasta superar el curso en la Escuela Judicial, el futuro juez tiene la categoría de funcionario en prácticas.
- El acceso por la categoría de Magistrado se realiza mediante concurso-oposición y méritos profesionales; la cuarta vacante de cada cuatro se provee por concurso entre juristas con más de 10 años de ejercicio.
- La declinatoria permite denunciar la vulneración de presupuestos procesales, como la falta de competencia internacional, el sometimiento al arbitraje, el error de orden jurisdiccional o la falta de competencia objetiva, territorial, funcional o de recurso.
- La litispendencia congela los elementos del proceso (partes, jurisdicción y competencia) y prohíbe modificar la demanda durante su tramitación.
- La cosa juzgada impide volver a plantear el mismo conflicto entre las mismas partes y con el mismo objeto litigioso.
Acceso a la Carrera Judicial en España
Para el ingreso en la carrera judicial, se exige, además de ser español, mayor de edad y licenciado en derecho, no estar comprendido en ninguna de las causas de incapacidad o de incompatibilidad que establece la LOPJ, y no tener la edad de sesenta años o próxima a ésta.
Categorías de Ingreso
Se puede ingresar en la carrera judicial por cualquiera de las tres categorías siguientes:
Acceso por la categoría de Juez
Se producirá mediante la superación de una oposición libre y de un curso teórico-práctico realizado en la Escuela Judicial, que depende del CGPJ y se sitúa en Barcelona.
La oposición libre para el acceso a la carrera judicial por la categoría de juez se convoca conjuntamente con la oposición para el ingreso en la carrera fiscal. Los aspirantes que hayan superado la oposición, optarán, según el orden de puntuación, por una u otra carrera, incorporándose a la Escuela Judicial o al Centro de Estudios Jurídicos, dependiente del Ministerio de Justicia, para seguir con el curso teórico-práctico.
Una vez superado el curso en la Escuela Judicial, los candidatos pasan a formar parte de la carrera judicial, pero hasta entonces, el futuro juez tendrá la categoría de funcionario en prácticas.
Acceso por la categoría de Magistrado
Se ingresa en la Carrera Judicial mediante concurso-oposición y méritos profesionales. De cada cuatro vacantes que se produzcan en la categoría de magistrado, la cuarta vacante se proveerá por concurso, entre juristas de reconocida competencia y con más de 10 años de ejercicio profesional, que superen un curso de formación en la Escuela Judicial.
Acceso por la categoría de Magistrado en la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia
Una de cada tres plazas de la citada Sala se cubrirá con un jurista de reconocido prestigio con más de 10 años en el ejercicio de la profesión en la Comunidad, nombrado a propuesta del CGPJ sobre una terna presentada por la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma.
Acceso por la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo
Se puede ingresar en la Carrera Judicial directamente por esta categoría mediante designación entre abogados y juristas de reconocida competencia que cumplan los requisitos exigidos para ello.
Mecanismos Procesales
Declinatoria
Es un mecanismo procesal a través del cual el demandado denuncia algo; pone de relieve al Tribunal que está conociendo que se ha vulnerado un presupuesto procesal y se le impide entrar sobre el fondo del asunto.
La declinatoria sirve para “denunciar” presupuestos procesales (relativos al órgano judicial) o a instancia de parte:
- La falta de competencia internacional.
- El sometimiento de la cuestión litigiosa al arbitraje.
- Error en cuanto al orden jurisdiccional.
- La falta de competencia de todo tipo: objetiva y territorial, la funcional y la de recurso.
La declinatoria se puede iniciar de dos formas:
- Cabe que la presentemos ante el órgano judicial que está conociendo del proceso.
- Cabe que la presentemos ante el Tribunal del domicilio del demandado, a efectos de facilitar la justicia.
Litispendencia
La litispendencia consiste en congelar el elemento procesal tal y como estaba al inicio del proceso para que su dilación no afecte negativamente a los elementos básicos de éste (partes, jurisdicción y competencia) para poder dar cierta seguridad jurídica.
La litispendencia determina la prohibición de modificar el contenido de la demanda durante la tramitación procesal.
Cosa Juzgada
La cosa juzgada significa un estado jurídico que se les reconoce a determinadas sentencias judiciales y que impide que nuevamente se pueda plantear el conflicto/proceso con las mismas partes (porque si son distintas no vale lo que estamos diciendo) y con el mismo objeto litigioso.
Descargar
PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué requisitos se exigen para ingresar en la carrera judicial en España?
Se exige ser español, mayor de edad y licenciado en derecho, no estar comprendido en causas de incapacidad o incompatibilidad de la LOPJ y no tener la edad de sesenta años o próxima a ésta.
¿Qué es la declinatoria en el proceso?
Es un mecanismo por el que el demandado denuncia ante el tribunal que se ha vulnerado un presupuesto procesal, lo que le impide entrar en el fondo del asunto. Puede presentarse ante el órgano que conoce del proceso o ante el tribunal del domicilio del demandado.
¿Qué efecto tiene la litispendencia?
Congela el elemento procesal tal como estaba al inicio del proceso para dar seguridad jurídica, y determina la prohibición de modificar el contenido de la demanda durante la tramitación.
¿Qué significa la cosa juzgada?
Es el estado jurídico que se reconoce a determinadas sentencias y que impide plantear de nuevo el mismo conflicto entre las mismas partes y con el mismo objeto litigioso.
Ponte a prueba
Tarjetas de repaso
Pulsa una tarjeta para ver la respuesta.
Test
Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.