Certificados de Depósito, Bonos de Prenda y Sociedades Mercantiles: Aspectos Legales
Enviado por Comunidad Wikiteka y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 2,83 KB
Certificados de Depósito y Bonos de Prenda
El certificado de depósito acredita la propiedad de mercancías o bienes depositados en el almacén que lo emite.
Por su parte, el bono de prenda constituye un crédito prendario sobre las mercancías o bienes indicados en el certificado de depósito correspondiente.
Cabe señalar que solo las instituciones de crédito y los almacenes generales de depósito podrán expedir estos títulos.
Art. 231: Requisitos del certificado y bono de prenda
- La mención de ser certificado de depósito y bono de prenda.
- La designación y firma del almacén.
- El lugar del depósito.
Sociedades Mercantiles
La sociedad anónima es aquella que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.
Requisitos para su constitución:
- Que haya 2 socios como mínimo.
- Que cada uno de ellos suscriba 1 acción por lo menos.
- Que el capital social no sea menor de 50,000 pesos y esté suscrito.
Tipos de Sociedades Mercantiles
- Sociedad en nombre colectivo.
- Sociedad en comandita simple.
- Sociedad de responsabilidad limitada.
- Sociedad anónima.
- Sociedad en comandita por acciones.
- Sociedad cooperativa.
Acta Constitutiva
El acta constitutiva deberá contener:
- El objeto de la sociedad.
- Su razón social o denominación.
- Su duración.
- El importe del capital social.
Reglas para el reparto de pérdidas o ganancias
Salvo pacto en contrario, se observarán las siguientes reglas:
- La distribución de las ganancias o pérdidas entre los socios capitalistas se hará proporcionalmente a sus aportaciones.
- Al socio industrial corresponderá la mitad de las ganancias y, si fueren varios, esa mitad se dividirá entre ellos por igual.
El Endoso: Requisitos y Tipos
Art. 29: Requisitos del endoso
- Nombre del endosatario.
- La firma del endosante.
- Clase de endoso.
- Lugar y fecha.
Tipos de Endoso
- Propiedad: Transfiere la propiedad del título y todos los derechos inherentes a él.
- En procuración o al cobro: No transfiere la propiedad, pero faculta al endosatario para presentar el documento a la aceptación, cobrarlo judicial o extrajudicialmente, endosarlo en procuración o protestarlo en su caso.
- En garantía o en prenda: Atribuye al endosatario todos los derechos y obligaciones de un acreedor prendario respecto del título endosado y los derechos a él inherentes, comprendiendo las facultades que confiere el endoso en procuración.