Citaciones y Notificaciones en el Procedimiento Civil Venezolano
Resumen
El documento explica las citaciones y notificaciones en el procedimiento civil venezolano. Describe los edictos, que llaman a varias personas, y las notificaciones, que informan de un acto del proceso. Recoge también las citaciones por carteles, la intimación y otras citaciones, como las posiciones juradas o el juramento decisorio. Distingue además la paralización de la suspensión de la causa.
Puntos clave
- Los edictos llaman a comparecer en un lapso no menor a 60 días continuos ni mayor a 120 días continuos.
- Los edictos se fijan en la puerta del tribunal y se publican en prensa.
- Si el lapso de comparecencia vence sin que la persona aparezca, se le nombra un defensor.
- Las notificaciones son llamados del juez para informar de un evento del proceso, y no tienen las formalidades de una citación para contestar.
- La intimación es una comunicación del tribunal bajo apercibimiento de ejecución.
- La paralización detiene la causa por un acto legal, y la suspensión la detiene por una circunstancia de hecho.
- Las cuestiones previas son mecanismos a cargo del demandado para detectar la presencia de los presupuestos procesales.
1. Edictos (Artículo 237 CPC)
Es la forma de hacer saber, en general, a una persona determinada, una resolución. En Venezuela, se puede decir que es para llamar a varias personas determinadas o indeterminadas. Solo aplica a comunidades sucesorias, en caso de comunidades ordinarias. La regla es llamar a todos a comparecer en un lapso no menor a 60 días continuos ni mayor a 120 días continuos. No son aplicables al supuesto del artículo 507 CC ni al del artículo 144 del CPC, según la jurisprudencia.
Formalidades:
- Fijación en la puerta del tribunal, dejando constancia en el expediente.
- Publicación en dos periódicos lo más rápido posible o en 60 días, 2 veces por semana.
- Si el lapso de comparecencia ha transcurrido sin que la persona aparezca, se le nombra un defensor.
2. Notificaciones (Artículo 233 CPC)
Llamado que hace el juez a terceros en el proceso o a las partes, con la finalidad de enterarlos de un evento particular en el proceso. No tiene las formalidades de una citación para la contestación. Son necesarias para actos especiales. Están dirigidas a las personas naturales. La boleta la firma el juez para comparecer en un día determinado y debe ser agregada al expediente. El secretario entrega o deja la boleta en el domicilio procesal; deben ser firmadas y, si no se logra, se publica por imprenta y se consigna.
3. Citación por Carteles
3.1. Por la Imprenta
3.2. Con Boleta Dejada en el Domicilio
4. Intinación
Comunicación del Tribunal a una de las partes para efectuar un acto bajo apercibimiento de ejecución o bajo apercibimiento de que, si se niega a hacer lo que se ordena, se producen determinados efectos previstos en la ley.
Tipos:
- Exhibición de un documento
- Cumplimiento de una obligación:
- Dar
- Hacer
- No hacer
5. Otras Citaciones
5.1. Citación para Posiciones Juradas (Artículo 416 CPC)
Es una prueba de confesión provocada; el que promovió queda citado.
5.2. Juramento Decisorio (Artículo 423 CPC)
Una de las partes cita a la otra para jurar ante el juicio.
5.3. Citación para Testigos
Se le pide al juez citar testigos, de presentación o de citación.
Realización y Suspensión de la Causa
El Código no aclaró la diferenciación entre ambos aspectos.
El artículo 14 CPC dio lugar a dos decisiones del tribunal; una le dio sentido a la norma, estableciendo que primero era la personal.
Paralización:
Detención de la causa por algún acto legal.
Suspensión:
La causa se detiene por mera circunstancia de hecho.
En cualquier caso, se debe notificar a las partes por cualquier reanudación del proceso (Artículos 224, 386, 346, 241).
Cuestiones Previas (Artículos 346 y 347 CPC)
Detectar en cada proceso la presencia de todos los presupuestos procesales, bien sea de validez o de existencia. Pone esa actividad a cargo del demandado (objeto).
Definición:
Son los mecanismos que establece la ley procesal, a cargo del demandado, para detectar la presencia de todos los presupuestos procesales en un proceso.
Descargar
PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué es un edicto en el procedimiento civil venezolano?
Es la forma de hacer saber una resolución a varias personas, determinadas o indeterminadas. El lapso para comparecer no es menor a 60 días continuos ni mayor a 120 días continuos.
¿Qué es una notificación en el proceso?
Es un llamado que hace el juez a terceros o a las partes para enterarlos de un evento del proceso. La boleta la firma el juez y se agrega al expediente.
Ponte a prueba
Tarjetas de repaso
Pulsa una tarjeta para ver la respuesta.
Test
Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.