Constituciones españolas de 1837 y 1845: liberalismo progresista y moderado
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Resumen
El documento explica el origen de los partidos políticos en España durante el reinado de Isabel II y compara las constituciones progresista de 1837 y moderada de 1845. Se detallan sus ideologías, bases sociales, la organización de poderes, el sufragio, la relación Iglesia-Estado y las leyes que las desarrollaron. Finaliza con las consecuencias de la inestabilidad constitucional.
Puntos clave
- El Partido Moderado representaba a grandes propietarios y alta burguesía, y el Partido Progresista a la pequeña y mediana burguesía y las clases medias urbanas.
- La Constitución de 1837 reconoció la soberanía nacional (en la práctica compartida) y mantuvo importantes prerrogativas de la Corona para atraer a los moderados.
- En 1837 las Cortes eran bicamerales, con un Senado de designación real y un Congreso elegido por sufragio censitario.
- La Constitución de 1845 rechazó la soberanía nacional, compartida entre el rey y las Cortes, y aumentó las prerrogativas de la Corona.
- En 1845 el Senado fue de elección regia, con carácter vitalicio y número ilimitado de senadores, y se estableció un Estado confesional católico.
- La Milicia Nacional desapareció en 1845 y se creó la Guardia Civil para defender el orden.
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El Liberalismo en España: Origen de los Partidos Políticos y las Constituciones de 1837 y 1845
El origen de los partidos políticos en España hay que situarlo a comienzos del reinado de Isabel II (1834-1835), durante la regencia de María Cristina. Al establecerse un régimen liberal de carácter representativo, surgieron las dos primeras organizaciones que canalizaron las grandes corrientes ideológicas del liberalismo inicial: el Partido Moderado y el Partido Progresista. Estos partidos se encontraban en continuidad, respectivamente, con los moderados (doceañistas) y los exaltados (veinteañistas) del Trienio Liberal.
El Partido Moderado representaba los intereses de los grandes propietarios, de la alta burguesía y de la clase media alta, quienes anteponían los principios de autoridad, propiedad y orden social. Su ideario se basaba en el liberalismo doctrinario francés. En cambio, el Partido Progresista se apoyaba en la pequeña y mediana burguesía y las clases medias urbanas, priorizando los ideales de libertad política y progreso económico. Su ideología era el liberalismo progresista. Durante los diversos gobiernos de ambos partidos políticos, se promulgaron dos constituciones distintas que recogían las ideas políticas de cada uno de ellos.
La Constitución de 1837: Un Intento de Consenso Liberal Progresista
La primera Constitución fue desarrollada por los progresistas en 1837, durante la regencia de María Cristina. Esta Constitución se situó en una posición intermedia entre la Constitución de 1812 y el Estatuto Real, de manera que pudiera ser aceptada tanto por los moderados como por los progresistas.
Contexto Histórico y Necesidad de Unión
El contexto era una situación muy difícil para el liberalismo debido a la Guerra Carlista. Era necesario unirse para afianzar el régimen liberal en sus comienzos.
Características Principales del Modelo Progresista (1837)
- Como progresista, reconocía la soberanía nacional (aunque en la práctica se trató de una soberanía compartida).
- Se establecía una división de poderes: el poder ejecutivo se atribuyó a la Corona y, aunque se limitó su poder, se le mantuvieron importantes prerrogativas para contentar a los moderados.
- De igual manera, en una clara concesión al moderantismo, se estableció que el poder legislativo residía en las Cortes con el rey, de manera que el rey podía convocar, suspender o disolver las Cortes y vetar las leyes.
- Las Cortes eran bicamerales con un Senado de designación real y un Congreso de los Diputados, elegido por sufragio directo y censitario (la Ley electoral posterior solo otorgaba derecho al voto a un 5% de la población, lo cual lo aumentaba con respecto al Estatuto Real).
- Aparecían recogidos, según el ideario progresista, un amplio repertorio de derechos individuales (libertad de imprenta, garantías procesales o inviolabilidad del domicilio).
- En los ayuntamientos, el alcalde y los concejales fueron elegidos por los vecinos.
- Se estableció un cuerpo de Milicia Nacional, que ya recogía la Constitución de 1812.
- En lo relativo a las relaciones Iglesia-Estado, se reconocía la religión católica como oficial.
La Constitución de 1845: La Consolidación del Liberalismo Moderado
En 1845, durante el Gobierno Moderado y el reinado efectivo de Isabel II, con el régimen liberal ya asentado, se implantó otra Constitución que modificó la anterior, eliminando las ideas más progresistas y garantizando el ejercicio del poder del Partido Moderado.
Características Principales del Modelo Moderado (1845)
- Se rechazó la soberanía nacional, estableciendo que la soberanía era compartida entre el rey y las Cortes.
- Se suprimieron las limitaciones de los poderes de la Corona y aumentaron sus prerrogativas, con la consiguiente pérdida de autonomía de las Cortes.
- Con un sistema bicameral, el Senado fue completamente de elección regia, con un número ilimitado de senadores y de carácter vitalicio; para la elección de los diputados del Congreso se estableció un sufragio censitario muy restringido.
- Claramente estableció un Estado confesional de religión católica, apostólica y romana.
- Desapareció la Milicia Nacional (se había creado la Guardia Civil para defender el orden).
- Además, las leyes posteriores que desarrollaron el texto constitucional tuvieron un carácter muy restrictivo: la ley electoral estableció un sufragio censitario muy restringido (solo tenía derecho al voto un 1% de la población), la ley municipal permitió la designación gubernamental de alcaldes y se restringieron las libertades (especialmente con la ley de prensa).
Impacto y Consecuencias de la Inestabilidad Constitucional
Los múltiples cambios del marco constitucional y la incapacidad de normalizar la vida política en España desembocaron en múltiples sublevaciones y revueltas que ocasionaron un periodo de inestabilidad política y social.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre la Constitución de 1837 y la de 1845?
La de 1837 fue progresista, reconocía la soberanía nacional y limitaba más el poder de la Corona. La de 1845 fue moderada, atribuía la soberanía al rey y las Cortes, reforzó la Corona y estableció un Estado confesional católico.
¿Cuándo y por qué surgieron los partidos políticos en España?
Surgieron a comienzos del reinado de Isabel II, durante la regencia de María Cristina, al establecerse un régimen liberal representativo. Canalizaron las corrientes del liberalismo inicial: el Partido Moderado y el Partido Progresista.
¿Qué tipo de sufragio se aplicaba en estas constituciones?
Ambas constituciones establecieron un sufragio censitario. Según el texto, la ley electoral de 1837 daba derecho al voto a un 5 % de la población, y la de 1845 solo a un 1 %.
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