El Contrato Social de Rousseau: Libertad, Voluntad General y el Estado Republicano

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El Contrato Social de Rousseau: Ideas Fundamentales

Del Contrato Social, publicado en 1762, desarrolla contenidos tratados previamente por Rousseau. En este libro, se plantea la cuestión de averiguar cuál es el mejor gobierno posible. Los precedentes de la obra se encuentran en Hobbes y en Locke. Rousseau piensa, como ellos, que una sociedad bien constituida solo puede basarse en la libre participación de sus miembros, pero rechaza la forma de contrato que ambos establecen, porque en ese tipo de contrato el individuo renuncia a su libertad, enajenándola, a cambio de seguridad o justicia. Frente a ellos, Rousseau propone un modelo de pacto que protege la libertad, pues es un contrato entre iguales.

Rousseau insiste, al comienzo del libro, en que, «aunque el hombre ha nacido libre, por toda parte se encuentra encadenado». Critica la institución de la esclavitud, que Aristóteles consideraba natural, y que se basa, según él, en el simple ejercicio de la fuerza, que jamás sienta derecho. En el estado de naturaleza, el hombre es libre y vive aislado: no es por naturaleza sociable, como creía Aristóteles, sino que la sociedad surge a partir de un contrato entre los individuos que deciden formarla. Ese pacto puede ser de enajenación (como el que proponen Hobbes y Locke) o bien un contrato que potencie la fuerza común de todos los individuos, a la vez que garantiza su libertad (el que propone Rousseau). Es un pacto que supone la enajenación voluntaria de la libertad de cada uno en pro de la comunidad, de manera que los individuos no ceden su libertad a un sujeto aislado, sino a todos los demás miembros del colectivo, formando, así, el cuerpo social, base de la República, con el que el hombre natural deja paso al ciudadano, perdiendo la libertad natural y ganando la libertad civil.

La soberanía reside ahora en el pueblo, y se expresa a través de la voluntad general, que representa la razón colectiva, a la que deben someterse los intereses egoístas de los individuos concretos. Si alguien disiente de la voluntad general, disiente contra el bien común y, por tanto, contra sí mismo, de manera que la ley puede obligarle a obedecer a la voluntad general; es decir, puede «obligarle a ser libre». Para finalizar, Rousseau distingue entre voluntad general y voluntad de todos: la primera busca el bien común; la segunda, solo el provecho de un grupo particular. Aunque la voluntad general es siempre recta, el juicio que la guía no es siempre correcto; por tanto, se necesita un legislador experto que sepa aplicar la voluntad general a las circunstancias de un determinado pueblo, no mediante leyes abstractas, sino adecuándola a sus características específicas. Pueden darse, entonces, distintas formas de gobierno: democracia, aristocracia y monarquía. Rousseau se inclina por un Estado republicano de dimensiones reducidas.