Derecho Concursal: principios, acuerdos preconcursales, fases y efectos
Resumen
El documento explica el Derecho Concursal como rama del derecho mercantil que regula la insolvencia de personas físicas y jurídicas. Recorre sus principios informadores, los acuerdos preconcursales, los presupuestos del concurso, sus órganos y efectos, las masas activa y pasiva, el convenio, la liquidación, la calificación y la conclusión o reapertura del concurso.
Puntos clave
- El Derecho Concursal regula los procedimientos cuando una persona física o jurídica se encuentra en insolvencia, es decir, no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.
- Sus principios son la universalidad, la par conditio creditorum y la conservación de la empresa.
- Los Acuerdos Extrajudiciales de Pagos, ante Notario o Registrador Mercantil, buscan evitar la declaración de concurso y su solicitud suspende las ejecuciones singulares.
- Pueden instar el concurso el deudor (concurso voluntario) o los acreedores (concurso necesario), y el deudor debe solicitarlo en los dos meses siguientes a conocer su insolvencia.
- Los órganos necesarios son el Juez, la Administración Concursal y la Junta de Acreedores.
- El convenio puede incluir quitas y esperas, debe ser aprobado judicialmente y se abre la liquidación si no se aprueba o se incumple.
1. Introducción al Derecho Concursal
Concepto
El Derecho Concursal es la rama del derecho mercantil que regula los procedimientos a seguir cuando una persona física o jurídica se encuentra en estado de insolvencia, es decir, cuando no puede cumplir regularmente con sus obligaciones exigibles.
Principios Informadores
Los principios que inspiran el Derecho Concursal son:
- Principio de universalidad: Afecta a la totalidad del patrimonio del deudor.
- Principio de par conditio creditorum: Igualdad de trato a los acreedores de la misma categoría.
- Principio de conservación de la empresa: Se busca, en la medida de lo posible, la continuidad de la actividad empresarial.
Finalidad
La finalidad del Derecho Concursal es doble:
- Satisfacer, en la medida de lo posible, los créditos de los acreedores.
- Procurar la conservación de la empresa, si es viable.
2. Los Acuerdos Preconcursales
El Derecho Preconcursal
El Derecho Preconcursal tiene como objetivo evitar la declaración de concurso mediante la consecución de acuerdos entre el deudor y sus acreedores.
Los Acuerdos Extrajudiciales de Pagos
- Ámbito de aplicación: Personas naturales y jurídicas que se encuentren en estado de insolvencia actual o inminente.
- Solicitud: El deudor debe presentar una solicitud ante el Notario o el Registrador Mercantil.
- Efectos del inicio del expediente: Suspensión de ejecuciones singulares.
- Tramitación del expediente: Nombramiento de un mediador concursal, que convocará a los acreedores a una reunión para negociar un acuerdo.
- Efectos del acuerdo: Si se alcanza un acuerdo, se homologa judicialmente y vincula a todos los acreedores.
- El concurso consecutivo: Si no se alcanza un acuerdo, el mediador concursal solicitará la declaración de concurso consecutivo.
- Efectos del acuerdo: Si se alcanza un acuerdo, se homologa judicialmente y vincula a todos los acreedores.
- El concurso consecutivo: Si no se alcanza un acuerdo, el mediador concursal solicitará la declaración de concurso consecutivo.
Los Acuerdos de Refinanciación
Son acuerdos entre el deudor y sus acreedores financieros para reestructurar la deuda.
3. Presupuestos del Concurso
El Presupuesto Subjetivo
Pueden ser declarados en concurso tanto las personas físicas como las personas jurídicas.
El Presupuesto Objetivo: La Insolvencia
- La insolvencia: Es el estado patrimonial del deudor que no puede cumplir regularmente con sus obligaciones exigibles.
- La acreditación de la insolvencia. Los hechos presuntivos de la insolvencia: La ley establece una serie de hechos que presumen la insolvencia del deudor.
- Insolvencia actual e insolvencia inminente: La insolvencia actual se produce cuando el deudor ya no puede cumplir con sus obligaciones. La insolvencia inminente se produce cuando el deudor prevé que no podrá cumplir con sus obligaciones en el futuro.
El Presupuesto Formal: La Solicitud y la Declaración de Concurso
- Legitimación para solicitar la declaración de concurso: El deudor, los acreedores y, en algunos casos, el Ministerio Fiscal.
- Clases de concurso según el instante: Concurso voluntario (solicitado por el deudor) y concurso necesario (solicitado por los acreedores).
- Deber del deudor de solicitar la declaración de concurso: El deudor tiene el deber de solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia.
- Estímulos para la solicitud de concurso: La ley establece una serie de beneficios para el deudor que solicita el concurso voluntariamente.
- La declaración del concurso: Se realiza mediante auto judicial.
4. Órganos del Concurso
Órganos Concursales Necesarios y No Necesarios
Son órganos necesarios el Juez, la Administración Concursal y la Junta de Acreedores. No son necesarios, pero pueden intervenir, el Ministerio Fiscal y los Interventores.
El Juez
Es el órgano judicial que dirige el procedimiento concursal.
La Administración Concursal
- Caracterización y funciones: Es el órgano encargado de administrar y gestionar el patrimonio del deudor concursado.
- Composición: Puede estar formada por un único administrador concursal o por una comisión de acreedores.
La Junta de Acreedores
Es el órgano que representa a los acreedores en el procedimiento concursal.
El Ministerio Fiscal
Interviene en el procedimiento concursal en defensa de la legalidad y del interés público.
5. Los Efectos de la Declaración de Concurso
Efectos sobre el Deudor
- Efectos sobre sus facultades patrimoniales: El deudor queda limitado en sus facultades de administración y disposición sobre sus bienes.
- Efectos sobre ciertos derechos fundamentales del concursado: Pueden verse afectados derechos como la libertad de residencia o el secreto de las comunicaciones.
Efectos sobre los Acreedores
Se suspenden las ejecuciones singulares y se integran en el procedimiento concursal.
Efectos sobre los Créditos
Se produce el vencimiento anticipado de los créditos aplazados y la suspensión del devengo de intereses.
Efectos sobre los Contratos
Se mantienen en vigor los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento.
6. Las Masas Activa y Pasiva del Concurso
La Delimitación de las Masas del Concurso
La masa activa está integrada por los bienes y derechos del deudor. La masa pasiva está integrada por los créditos contra el deudor.
Determinación de la Masa Activa
- Bienes y derechos de la masa: Se incluyen todos los bienes y derechos del deudor, excepto los inembargables.
- Reintegración de bienes a la masa activa: Se pueden reintegrar a la masa activa los bienes que hayan salido del patrimonio del deudor en perjuicio de los acreedores.
- Separación de bienes de la masa activa: Se pueden separar de la masa activa los bienes que no sean propiedad del deudor.
Determinación de la Masa Pasiva
- Créditos concursales y créditos contra la masa: Los créditos concursales son los que se integran en la masa pasiva. Los créditos contra la masa son los que se generan después de la declaración de concurso.
- Clasificación de los créditos concursales: Los créditos concursales se clasifican en privilegiados, ordinarios y subordinados.
7. El Convenio Concursal
La Solución Convenida del Concurso
El convenio es un acuerdo entre el deudor y sus acreedores para la satisfacción de los créditos.
Las Propuestas de Convenio
- Propuesta anticipada: El deudor puede presentar una propuesta de convenio junto con la solicitud de declaración de concurso.
- Propuesta ordinaria o no anticipada: El deudor o los acreedores pueden presentar una propuesta de convenio durante la tramitación del procedimiento concursal.
- Aceptación de la propuesta de convenio: La propuesta de convenio debe ser aceptada por la junta de acreedores.
Contenido del Convenio
El convenio puede contener quitas (reducción del importe de los créditos) y/o esperas (aplazamiento del pago).
Aprobación Judicial del Convenio
El convenio debe ser aprobado por el juez.
Eficacia del Convenio
El convenio es eficaz desde la fecha de la sentencia que lo aprueba.
8. La Liquidación del Concurso
Apertura de la Fase de Liquidación
La fase de liquidación se abre cuando no se aprueba un convenio o cuando se incumple el convenio aprobado.
Efectos de Apertura de la Fase de Liquidación
El deudor pierde las facultades de administración y disposición sobre sus bienes.
Las Operaciones de Liquidación
- Realización de la masa activa: Se venden los bienes del deudor para obtener liquidez.
- Pago a los acreedores: Se paga a los acreedores según el orden de prelación establecido en la ley.
9. La Clasificación del Concurso
Procedencia de la Formación de la Sección de Calificación
La sección de calificación se forma cuando el concurso se califica como culpable.
Calificación del Concurso
El concurso puede ser calificado como fortuito o como culpable.
Efectos de la Calificación del Concurso como Culpable
Los administradores o liquidadores de la persona jurídica concursada pueden ser declarados responsables de las deudas de la sociedad.
10. La Conclusión del Concurso
Causas de Conclusión del Concurso
El concurso puede concluir por cumplimiento del convenio, por liquidación de la masa activa o por insuficiencia de masa activa.
La Resolución de Conclusión
La conclusión del concurso se declara mediante auto judicial.
11. La Reapertura del Concurso
El concurso puede reabrirse si aparecen nuevos bienes o derechos del deudor.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué es el Derecho Concursal?
Es la rama del derecho mercantil que regula los procedimientos a seguir cuando una persona física o jurídica se encuentra en estado de insolvencia, es decir, cuando no puede cumplir regularmente con sus obligaciones exigibles.
¿Cuándo debe el deudor solicitar la declaración de concurso?
El deudor tiene el deber de solicitarla dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia.
¿Qué órganos son necesarios en el concurso?
Son órganos necesarios el Juez, la Administración Concursal y la Junta de Acreedores. El Ministerio Fiscal y los Interventores pueden intervenir pero no son necesarios.
¿Qué ocurre si no se aprueba un convenio?
Se abre la fase de liquidación, en la que el deudor pierde las facultades de administración y disposición sobre sus bienes y se venden los bienes para pagar a los acreedores según el orden de prelación legal.
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