Derechos y Garantías de los Contribuyentes en el Proceso Judicial

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Derechos otorgados a los contribuyentes:

  • Derecho a la defensa y debido proceso.
  • A ser oído.
  • Presunción de inocencia.
  • Dirigir peticiones y quejas ante los órganos administrativos y judiciales.
  • A la debida notificación y publicación (LOPA).
  • El acceso al expediente.
  • Decisión oportuna o adecuada respuesta.
  • A la motivación del acto: razones de hecho y de derecho.
  • A la impugnación en sede administrativa de los actos que causan agravio al particular.

Garantías:

Una garantía tiene la finalidad de proteger y amparar los derechos fundamentales de una persona, contra cualquier exceso, abuso o arbitrariedad proveniente de una persona particular o autoridad pública.

Razones por las cuales son obligatorias las garantías:

  • Están plasmadas en la Constitución y/o en la ley.
  • Algunas son requisitos del debido proceso.
  • Su cumplimiento no necesita reglamentación.
  • Quien las vulnera queda sujeto a la jurisdicción ordinaria.

Diferencias entre garantías y derechos humanos:

La garantía es un medio otorgado por la Constitución para preservar o proteger algún derecho humano. El derecho humano es anterior a la consagración de alguna garantía, puesto que aquél nace desde el momento en que el hombre es tal, en tanto que la garantía surge hasta después de que el Estado, a través de sus órganos componentes, la consagra en un documento legal.

Son garantías:

  • El goce irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos.
  • Tutela judicial efectiva.
  • Acceso a la información y datos de su interés.
  • La seguridad jurídica y de la confianza legítima: transparencia, equidad, eficacia, eficiencia y responsabilidad.

El debido proceso

El debido proceso es un principio jurídico procesal o sustantivo, según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, y a permitirle tener oportunidad de ser oído, hacer valer sus pretensiones frente al juez, y la posibilidad de una tutela judicial efectiva.

Artículo 49:

El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia:

  • El derecho a la defensa.
  • El derecho a ser oído.
  • El derecho a ser notificado de la decisión administrativa a los efectos de presentar los alegatos que en su defensa.
  • El derecho a tener acceso al expediente.
  • El derecho a ser juzgado por jueces naturales.
  • El restablecimiento o reparación de la situación jurídica lesionada por error judicial; entre otros.

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