Escuela Clásica vs. Escuela Positiva en criminología: fundamentos y diferencias
Resumen
El documento expone las dos grandes escuelas del pensamiento penal: la Escuela Clásica, surgida en el siglo XVIII al amparo de la Ilustración, y la Escuela Positiva, nacida en Italia a mediados del siglo XIX a partir de los estudios de Lombroso. Se comparan sus concepciones del delincuente, del delito, de la pena y del fundamento de la responsabilidad penal.
Puntos clave
- La Escuela Clásica surge en el siglo XVIII como reacción contra la arbitrariedad de la justicia penal y defiende el principio de legalidad: nullum crimen, nulla poena sine lege praevia.
- Para la Escuela Clásica el delincuente es un ser capaz de comprender la ilicitud y de usar el libre albedrío, y la responsabilidad penal se funda en él.
- La pena clásica es un castigo retributivo, proporcional al daño causado, cuyo fin es restablecer el orden jurídico perturbado por el delito.
- La Escuela Positiva surge en Italia a mediados del siglo XIX, a raíz de los estudios de Cesare Lombroso, y da más importancia a la Antropología y a la Psiquiatría.
- Para la Escuela Positiva el delito es un fenómeno natural y social, producto de factores endógenos y exógenos, y el delincuente está determinado por factores biológicos, psicológicos y sociales.
- La Escuela Positiva prioriza las medidas de seguridad, adaptadas a la peligrosidad del sujeto, frente a la pena tradicional, y fundamenta la responsabilidad en la defensa social y no en el libre albedrío.
Escuelas Fundamentales del Pensamiento Penal
1. La Escuela Clásica
Se inició en el siglo XVIII, adquiriendo relevancia en el siglo XIX. Nació como reacción contra la arbitrariedad de la justicia penal de la época y se amparó en los ideales de la Revolución Francesa, recogiendo lo mejor de la Ilustración. Su objetivo principal fue dignificar la justicia penal y hacer realidad las libertades de los individuos.
Principales Representantes
- Cesare Beccaria
- Mario Pagano
- Gaetano Filangieri
- En España: Manuel de Lardizábal y Uribe
Concepto de Delincuente
Es un ser humano capaz de comprender la ilicitud de un hecho y usar perfectamente el libre albedrío, motivo por el cual puede actuar con dolo o culpa. La responsabilidad penal se funda en este libre albedrío.
Concepto de Delito
Es la infracción que proviene de un hecho voluntario y consciente, que atenta contra el derecho objetivo, es decir, la ley. Se considera una entidad jurídica.
Concepto de Pena
Es considerada como un castigo, una retribución moral, una expiación. Es un mal que imponen los funcionarios a quienes actúan con dolo o culpa, declarados responsables de la comisión de una infracción penal. Debe ser estrictamente proporcional al daño causado por el delito.
Fin de la Pena
Es el restablecimiento del orden jurídico perturbado por el delito. Por esa razón, debe ser:
- Temible
- Aflictiva
- Reparadora
- Divisible
- Proporcional
Aportación Principal
La defensa del principio de legalidad: nullum crimen, nulla poena sine lege praevia (no puede haber delito ni sanción si no existe una ley previa que lo disponga).
Base Filosófica
La filosofía racionalista iusnaturalista, siguiendo la línea iniciada por autores como von Pufendorf.
Autores Destacados
Destaca Feuerbach, jurista alemán, crucial en la formulación de los principios:
- Nullum crimen sine lege (No hay crimen sin ley)
- Nulla poena sine crimine (No hay pena sin crimen)
- Nullum crimen, nulla poena sine lege praevia (No hay crimen ni pena sin ley previa)
2. La Escuela Positiva
Surge en Italia a mediados del siglo XIX, como consecuencia de los estudios de Cesare Lombroso y como reacción contra algunos principios de la Escuela Clásica. Da una importancia mayor a la Antropología y a la Psiquiatría; por tanto, resalta más el estudio del delincuente que el del delito.
Principales Representantes
- Cesare Lombroso
- Raffaele Garofalo
- Enrico Ferri
Concepto de Delincuente
Para los positivistas, es un ser determinado por factores biológicos, psicológicos y sociales. A menudo se le considera anormal o"defectuos". Debe prestársele atención profesional para readaptarlo y, si es necesario, apartarlo de la sociedad para protegerla. La razón de ser de la justicia penal es la defensa social.
Concepto de Delito
Es comprendido como un fenómeno natural y social, producto de factores endógenos (del individuo) y exógenos (del medio social) que influyen en el sujeto que lo comete, con consecuencias negativas para la sociedad.
Concepto de Pena (y Medidas de Seguridad)
La pena tradicional es cuestionada. Se priorizan las medidas de seguridad, adaptadas a la peligrosidad del delincuente y orientadas a su readaptación o inocuización. Estas medidas son preventivas (prevención especial) y no deben tener carácter retributivo o expiatorio.
Fundamento de la Responsabilidad
La responsabilidad no se fundamenta en el libre albedrío (culpabilidad moral), sino en la responsabilidad social o la peligrosidad del sujeto, basada en su constitución biopsíquica y su interacción con el medio.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué defiende la Escuela Clásica sobre el principio de legalidad?
Defiende el principio nullum crimen, nulla poena sine lege praevia, según el cual no puede haber delito ni sanción si no existe una ley previa que lo disponga. Feuerbach fue un autor clave en su formulación.
¿En qué se fundamenta la responsabilidad penal según la Escuela Positiva?
No se fundamenta en el libre albedrío, sino en la responsabilidad social o la peligrosidad del sujeto, basada en su constitución biopsíquica y su interacción con el medio.
¿Qué medidas propone la Escuela Positiva frente a la pena tradicional?
Propone medidas de seguridad, adaptadas a la peligrosidad del delincuente y orientadas a su readaptación o inocuización. Son preventivas y no tienen carácter retributivo o expiatorio.
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