Estatutos y Normativa Interna del Sindicato de Trabajadores Fuerza Automotriz
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Principios Fundamentales
Décimo segundo: En el seno del sindicato prevalecerá en todo momento la solidaridad y el respeto, a fin de que se cumplan los objetivos y lineamientos enmarcados en estos estatutos.
Décimo tercero: Los principios mencionados engloban la filosofía, ética y la práctica en que se sustentará la vida de nuestro sindicato, porque consideramos que de ellos debemos partir para fincar la mejor convivencia y participación de los que pertenecemos a esta organización.
CAPÍTULO I: Constitución, Denominación, Lema, Integración, Duración y Domicilio
ARTÍCULO 1. Con fundamento en lo estipulado en el artículo 123, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso Constituyente de los trabajadores de la industria automotriz, en la reunión celebrada el 21 de febrero de 2019 en la Ciudad de Puebla, Puebla, acordó la constitución del Sindicato de Trabajadores de la Industria Automotriz.
ARTÍCULO 2. El Sindicato de Trabajadores Fuerza Automotriz se constituye bajo este nombre y como asociación de trabajadores de tipo automotriz, con siglas STFA, el día veinte de febrero del año dos mil diecinueve, con trabajadores de la industria automotriz en el país, para el estudio y mejoramiento de sus intereses de clase.
ARTÍCULO 3. El Sindicato de Trabajadores Fuerza Automotriz adopta el siguiente lema: "APOYO E IGUALDAD SOCIAL".
ARTÍCULO 4. El domicilio social del Sindicato de Trabajadores Fuerza Automotriz tiene su ubicación en: Boulevard Q5 (56,39 km) 75010 San José Chiapa, Puebla, México.
ARTÍCULO 5. Integran el SINDICATO DE TRABAJADORES FUERZA AUTOMOTRIZ los trabajadores sindicalizados pertenecientes a la empresa Audi.
ARTÍCULO 6. La duración del SINDICATO DE TRABAJADORES FUERZA AUTOMOTRIZ será por tiempo indefinido a partir de la fecha de su constitución.
ARTÍCULO 7. El SINDICATO DE TRABAJADORES FUERZA AUTOMOTRIZ tiene por objeto el estudio, mejoramiento y defensa de los intereses de sus asociados, individual y colectivamente considerados como miembros de la sociedad.
CAPÍTULO II: De los Miembros, Requisitos, Derechos y Obligaciones
ARTÍCULO 8. El SINDICATO DE TRABAJADORES FUERZA AUTOMOTRIZ estará integrado por los siguientes tipos de trabajadores:
- Fundadores
- Activos
- Reingreso
- Suspendidos o en receso
- Jubilados y pensionados