El matrimonio en la época posclásica romana
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En la época posclásica romana, el concepto de matrimonio experimentó una transformación significativa, pasando a considerarse un vínculo permanente.
Consentimiento y contrato
El consentimiento mutuo se convirtió en el acto inicial y fundamental para el establecimiento del matrimonio. Esta evolución acerca el concepto al entendimiento moderno del matrimonio como un contrato originado en el acuerdo entre las partes.
Requisitos matrimoniales
En cuanto a los requisitos, la necesidad de conubium desapareció gracias a la Constitución Antoniniana promulgada por el emperador Caracala en el año 212 d. C. Esta constitución otorgó la ciudadanía romana a todos los hombres libres del Imperio, eliminando así la distinción legal que impedía el matrimonio entre ciudadanos y no ciudadanos.
Se mantuvieron los requisitos de capacidad natural física y mental, el consensus entre los contrayentes, y el consentimiento del paterfamilias en caso de que los contrayentes fueran alieni iuris (bajo la autoridad de otro).
Impedimentos matrimoniales
Durante la época posclásica, se incrementó notablemente el número de impedimentos matrimoniales:
- Parentesco de sangre en línea recta: Se mantuvo la prohibición del matrimonio entre parientes en línea recta en todos los grados.
- Parentesco de sangre en línea colateral: Se mantuvo la prohibición hasta el tercer grado. El emperador Constantino abolió el senadoconsulto de Claudio, que permitía el matrimonio entre tío y sobrina hija de hermano.
- Parentesco por adopción: Se mantuvo la prohibición del matrimonio entre parientes por adopción.
- Parentesco por afinidad: Se extendió la prohibición a la línea colateral hasta el segundo grado (entre cuñados).
- Existencia de un matrimonio anterior: Dado que el matrimonio en esta época no se disolvía por una actuación contraria a la intención de continuar casados, se requería el divorcio para disolver el vínculo. Contraer matrimonio sin haber disuelto el anterior constituía el delito de bigamia. El segundo matrimonio no era nulo, pero se consideraba infame.
- Tutela: El tutor no podía casarse con su pupila ni con sus descendientes.
- Viudedad durante el luto: Tras la viudez, la mujer debía esperar diez meses antes de volver a casarse. Este período se extendió posteriormente a un año. La razón de esta prohibición era evitar dudas sobre la paternidad. Si la viuda daba a luz, por ejemplo, a los dos meses de enviudar, la prohibición se levantaba y podía volver a casarse.