Gestión de los servicios públicos y actividad de fomento: formas, principios y subvenciones
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Resumen
El documento expone los principios que rigen los servicios públicos (continuidad, igualdad, mutabilidad y gratuidad o precio público) y las formas de gestión directa e indirecta que puede adoptar la Administración para prestarlos. Incluye también los principios de la policía administrativa, las técnicas de fomento y las características de la subvención.
Puntos clave
- Los principios de los servicios públicos son continuidad, igualdad, mutabilidad o adaptación y orientación a la gratuidad o al precio público.
- La gestión directa comprende la forma indiferenciada, el órgano especializado, el organismo autónomo y la entidad pública empresarial o sociedad mercantil pública.
- La gestión indirecta incluye la concesión, el concierto, la sociedad de economía mixta y la gestión interesada.
- La policía administrativa se rige por los principios formales de reserva de ley y especificación, y por los materiales de proporcionalidad, favor libertatis e igualdad.
- Las técnicas de fomento son honoríficas, reales, fiscales y crediticias.
- La subvención tiene carácter no lucrativo, requiere cobertura presupuestaria y no debe afectar a la competencia del mercado.
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Principios de los Servicios Públicos
- Continuidad: Los servicios públicos no se deben interrumpir, ya que suplen necesidades básicas.
- Igualdad: Rechaza la discriminación en la prestación de servicios. Cuando la capacidad del servicio es limitada, se emplea el acceso preferente.
- Mutabilidad o Adaptación: Los servicios públicos deben adaptarse a las condiciones de cada momento para satisfacer el interés general.
- Orientación a la Gratuidad o al Precio Público: Consecuencia del principio de igualdad, el Estado debe garantizar el acceso limitando los precios.
Formas de Gestión de los Servicios Públicos
Gestión Directa de Servicios Públicos
- Indiferenciada: Se realiza mediante un órgano de la Administración competente.
- Por Órgano Especializado: Se crea un órgano dentro de la Administración competente para garantizar la prestación del servicio.
- Por Organismo Autónomo: Se crea un nuevo ente con personalidad jurídica que se encarga de la prestación del servicio.
- Por Entidad Pública Empresarial o Sociedad Mercantil Pública: Se crea un ente con personalidad jurídica, pero con naturaleza empresarial. Suelen ser susceptibles de percibir contraprestación. Ejemplo: AENA.
Gestión Indirecta de Servicios Públicos
- Concesión: Fórmula más extendida. La Administración transfiere a una empresa la facultad de prestar un servicio. Debe respetar la Ley de Contratos del Sector Público.
- Concierto: Doble titularidad en la prestación del servicio. Se reconoce la iniciativa privada en el sector, pero los poderes públicos también deben garantizar la prestación del mismo servicio.
- Sociedades de Economía Mixta: La Administración presta el servicio mediante una sociedad mitad pública y mitad privada, donde la empresa pone el capital y *know-how*.
- Gestión Interesada: Igual que la concesión, pero la Administración participa en los resultados de la explotación.
Principios de la Policía Administrativa
Formales
- Reserva de Ley: La facultad de limitar o sancionar debe estar prevista en una norma con rango de ley.
- Especificación: Las limitaciones deben estar tasadas y singularizadas.
Materiales
- Proporcionalidad: La medida debe ser proporcional a los fines que se persigan.
- Favor Libertatis: De entre las posibles medidas, se elige la menos restrictiva para los ciudadanos.
- Igualdad: Aplicación igualitaria para todos los ciudadanos.
Actividad Administrativa de Fomento
La actividad administrativa de fomento dirige las acciones de los ciudadanos hacia fines de interés general mediante el otorgamiento de incentivos.
Técnicas de Fomento
- Medidas Honoríficas: Concesión de premios.
- Medidas Reales: La Administración pone a disposición bienes inmuebles para conseguir un objetivo.
- Medidas Fiscales: De carácter tributario.
- Medidas Crediticias: Líneas de crédito privilegiadas.
La Subvención
La subvención es una donación dineraria de carácter modal y finalista: a fondo perdido, con contenido económico, modal y finalista.
Características de las Subvenciones
- Carácter no lucrativo.
- Necesidad de cobertura presupuestaria.
- No debe afectar a la situación de competencia del mercado.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la concesión como forma de gestión indirecta de servicios públicos?
La concesión es la fórmula más extendida de gestión indirecta: la Administración transfiere a una empresa la facultad de prestar un servicio. Debe respetar la Ley de Contratos del Sector Público.
¿Cuáles son las características de las subvenciones?
Las subvenciones tienen carácter no lucrativo, necesitan cobertura presupuestaria y no deben afectar a la situación de competencia del mercado.
¿Qué diferencia hay entre gestión directa e indirecta de servicios públicos?
En la gestión directa la propia Administración presta el servicio, a través de un órgano, organismo o entidad propia. En la indirecta la prestación se encomienda a un tercero, mediante fórmulas como la concesión, el concierto o la sociedad de economía mixta.
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