Procedimiento Contencioso-Administrativo: Fases y Requisitos
El Procedimiento Contencioso-Administrativo
El procedimiento contencioso-administrativo se presenta como una alternativa al procedimiento administrativo ordinario. Se utiliza cuando el administrado, tras agotar todos los recursos en vía administrativa, no está conforme con la resolución obtenida. A diferencia del procedimiento administrativo, que es gratuito, el contencioso-administrativo implica un coste económico para el recurrente.
Fases del Procedimiento Contencioso-Administrativo
A) Fase de Iniciación
Se inicia, por regla general, mediante un escrito en el que se identifica la disposición o el acto que se impugna. En este escrito, se solicita formalmente la interposición del recurso.
Requisitos formales:
- Identificación del acto o disposición impugnado.
- Solicitud de interposición del recurso.
- Razones de la disconformidad con el acto o disposición.
- Documentación adjunta:
- Documento que acredite la representación del compareciente.
- Copia del acto que se recurre.
Requisitos temporales:
- Plazo general: 2 meses, contados desde el día siguiente al de la notificación que pone fin a la vía administrativa.
- Actos presuntos: 6 meses, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto (silencio administrativo).
B) Fase de Desarrollo
En esta fase se materializa la oposición entre las dos partes: la Administración, como demandada, y el administrado, como demandante.
- Emplazamiento de la Administración: Se considera que la Administración ha sido notificada del procedimiento en el momento en que se le solicita el expediente administrativo relacionado con el acto impugnado. Se entiende que la Administración se persona en el procedimiento en el momento en que remite dicho expediente.
- Formalización de la demanda: El recurrente dispone de 20 días, desde la admisión a trámite del recurso, para presentar el escrito de demanda.
- Prueba: Las partes pueden solicitar la práctica de pruebas. No obstante, el tribunal decidirá sobre la pertinencia y necesidad de las mismas. Esta fase no siempre es necesaria.
C) Fase de Terminación
La forma habitual de terminación del procedimiento contencioso-administrativo es mediante sentencia judicial.
Terminación normal:
- Desestimación: El acto impugnado se ajusta a derecho.
- Inadmisión: El recurso no cumple los requisitos para ser tramitado.
- Estimación: Se anula total o parcialmente el acto y su resolución.
Terminación anormal:
- Desistimiento: El demandante renuncia a continuar con el proceso.
- Allanamiento del demandado: La Administración reconoce las pretensiones del demandante, lo que conlleva una sentencia estimatoria.
- Reconocimiento extraprocesal: La Administración da la razón al demandante fuera del proceso judicial.
- Acuerdo de conciliación: Las partes llegan a un acuerdo que pone fin al litigio.
D) Fase de Ejecución
La ejecución de las sentencias firmes corresponde a la Administración que dictó el acto que originó el recurso.
Una vez que la sentencia es firme, se notificará a la Administración para que, en el plazo de 2 meses, adopte las medidas necesarias para su cumplimiento.