La stipulatio en el Derecho romano: contrato verbal y sus implicaciones jurídicas

DerechoActualizado el 3,24 KB

Resumen

El texto explica la stipulatio, el contrato verbal unilateral y abstracto del Derecho romano, por el que el acreedor preguntaba y el deudor prometía una prestación. Describe su función, los tipos de objeto (certum e incertum), los requisitos de oralidad, presencia de las partes y congruencia entre pregunta y respuesta, y las acciones procesales que la protegían.

Puntos clave

  • La stipulatio es un contrato verbal, unilateral y abstracto: el estipulante pregunta y el promitente responde prometiendo.
  • Sirve para dar acción a convenciones, transformar o reforzar obligaciones y extinguirlas.
  • Originariamente el objeto debía ser un certum (cosa determinada, cantidad de dinero o cosas fungibles); después también cabía un incertum.
  • Requisitos clásicos: oralidad, presencia de ambas partes, unidad del acto y congruencia entre pregunta y respuesta.
  • La fórmula originaria era SPONDES? SPONDEO, aunque luego se admitieron otras como PROMETES? PROMETO.
  • Las acciones eran la condictio certae pecuniae, la condictio certae rei y la actio ex stipulatu para los incerta.
  • En el Derecho justinianeo, el único requisito indispensable es la presencia de las partes.

Ponte a prueba

La Stipulatio en el Derecho Romano: Contrato Verbal y sus Implicaciones Jurídicas

Concepto y Características de la Stipulatio

La estipulación (stipulatio) es un contrato verbal, unilateral y abstracto, en el que el futuro acreedor (estipulante) preguntaba al futuro deudor (promitente) si estaba dispuesto a prometer algo, es decir, a entregar alguna cosa o a realizar algún servicio. En cuanto el deudor contestaba prometiendo, quedaba obligado a entregar la cosa o a realizar el servicio prometido.

Función y Objeto de la Stipulatio

Debido a su carácter abstracto, la estipulación se utilizaba para envolver toda clase de convenciones, dotarlas de acción y proporcionarles la eficacia jurídica de la que carecían. Se utilizaba también para transformar una obligación precedente en otra nueva, para reforzar una obligación ya existente o para extinguirla sin más.

En cuanto al objeto, en su origen, la estipulación solo podía versar sobre una prestación determinada (un certum), y se entendía como tal: o una cosa concreta (el fundo Corneliano, por ejemplo), o una cantidad precisa de dinero (100 sestercios) o bien una cantidad definida de otras cosas fungibles (100 litros de vino). Pero pronto, la estipulación pudo versar también sobre un incertum, como cuando el promitente prometía entregar una cosa no determinada o futura, o constituir un usufructo, o abstenerse de realizar una actividad, etc.

Requisitos de la Stipulatio

  • Oralidad

    La pregunta del acreedor y la respuesta del deudor deben ser orales. Por eso, los sordos y los mudos no podían utilizar esta forma contractual. Aunque normalmente la lengua empleada era el latín, se admitió que las declaraciones podían hacerse en una lengua extranjera, siempre que las partes comprendiesen su significado.

    Aunque la fórmula originaria empleada era SPONDES? SPONDEO. (¿Te comprometes? Me comprometo.), pronto se admitieron otras fórmulas como ¿PROMETES? PROMETO o ¿HARÁS? HARÉ.

  • Presencia de las Partes

    Ambas partes deben hallarse presentes al celebrar el acto, y la estipulación no podía finalizar entre ausentes. Además, pregunta y respuesta debían formularse una a continuación de otra, de forma inmediata y sin interrupciones. Este requisito se denomina «unidad del acto».

  • Congruencia entre Pregunta y Respuesta

    Si, por ejemplo, el estipulante preguntaba “¿Prometes darme 100?” y el promitente contestaba “Prometo darte 50”, la estipulación era nula.

Estos requisitos fueron perdiendo gran parte de su rigidez hasta su desaparición en Derecho Justinianeo, donde la única condición indispensable es la presencia de las partes.

Protección Procesal de la Stipulatio

Las acciones que nacen de la estipulación son:

  • Condictio certae pecuniae: cuando se estipulaba una suma de dinero.
  • Condictio certae rei: cuando se estipulaba una cosa concreta o una cantidad determinada de otras cosas fungibles.
  • Actio ex stipulatu: cuando la estipulación tenía por objeto un incertum.

Descargar

PDF Word HTML

Preguntas frecuentes

¿Qué es la stipulatio en el Derecho romano?

Es un contrato verbal, unilateral y abstracto en el que el futuro acreedor pregunta al futuro deudor si promete entregar una cosa o realizar un servicio. Si el deudor responde prometiendo, queda obligado.

¿Quiénes no podían celebrar una stipulatio?

Los sordos y los mudos no podían utilizar esta forma contractual, porque la pregunta y la respuesta debían ser orales.

¿Qué ocurría si la respuesta no coincidía con la pregunta?

La estipulación era nula. Por ejemplo, si se preguntaba por 100 y se respondía prometiendo 50, no había contrato válido.

Ponte a prueba

Tarjetas de repaso

Pulsa una tarjeta para ver la respuesta.

Test

1. ¿Cómo se define la stipulatio en el texto?
2. ¿Cuál era la fórmula originaria de la stipulatio?
3. ¿Qué requisito se denomina «unidad del acto»?
4. ¿Qué acción protegía una stipulatio cuyo objeto era un incertum?
5. ¿Qué requisito se mantiene en el Derecho justinianeo?
6. ¿Qué se podía estipular en su origen según el certum?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.