El matrimonio en España: requisitos y efectos civiles
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El artículo 32 de la Constitución Española establece que la ley regulará las formas de matrimonio. En España, el matrimonio civil es el único legalmente vigente, pero puede celebrarse de diversas formas, ya sea civil o religiosa, según lo dispuesto en los artículos 49 y 59 del Código Civil (CC). La Ley de Divorcio de 7 de julio de 1981 es fundamental, ya que regula no solo el divorcio, sino también el régimen jurídico del matrimonio.
Requisitos del matrimonio
El artículo 49 del CC establece: “Cualquier español puede contraer matrimonio ante el juez, alcalde o funcionario que determine este código o bien en la forma religiosa legalmente prevista”. Por su parte, el artículo 59 del CC señala: “El matrimonio surge del consentimiento.
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