Acciones Posesorias: Interdictos y Proceso de Incapacidad Legal
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Requisitos Generales (Contexto Previo)
- Que la contraria no sea propietario o usufructuario.
- Que la contraria no tenga un título de poseedor o tenedor.
Medida Cautelar
Se puede decretar la anotación de litis.
Procedimiento General
Iniciada la demanda, se pide el dominio y, si fuera suficiente, el Juez otorgará la posesión o la tenencia si correspondiere. Si la contraria opone un título, el juez dispondrá que la acción tramite por juicio ordinario o sumarísimo según el caso.
Interdicto de Retener
Es el remedio procesal que posee quien, detentando la posesión o tenencia de una cosa mueble o inmueble, es amenazado o perturbado en forma potencial o efectiva respecto a la misma.
Requisitos
- Quien reclama tiene que estar ejerciendo la posesión o tenencia.