Plazos y Competencias en Recursos Contencioso-Administrativos: Ley 29/1998
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Plazos para Interponer el Recurso Contencioso-Administrativo
Artículo 46. Ley 29/1998
1. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
NOTA: En los actos presuntos negativos NO hay plazo.
Competencias de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo
Artículo 9. Ley 29/1998
1. Los Juzgados Centrales... Continuar leyendo "Plazos y Competencias en Recursos Contencioso-Administrativos: Ley 29/1998" »
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