Nulidad procesal en el CPC chileno: principios, tipos y efectos
Introducción a la Nulidad Procesal en el CPC
En sentido amplio, la reglamentación de esta institución se encuentra dispersa en varias normas del Código de Procedimiento Civil (CPC).
Ejemplos de Normas Relevantes:
- Art. 55 CPC: Nulidad de la notificación.
- Art. 80 CPC: Nulidad del litigante que no ha sido emplazado válidamente a juicio.
Principios que Rigen la Nulidad Procesal (Artículo 83 CPC)
Principio: La Nulidad Procesal Requiere Expresa Declaración Judicial
De lo contrario, el acto produce todos sus efectos como si fuere normal, adquiriendo caracteres de normalidad absoluta si el juicio se encuentra terminado.
El Art. 83 del CPC (Ley N° 18.705) establece:
“La nulidad procesal podrá ser declarada, de oficio o a petición de parte…”