Régimen Especial de IVA para Agricultura, Ganadería y Pesca en España: Explicación y Funcionamiento
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Régimen Especial de IVA para Agricultura, Ganadería y Pesca
Ámbito Subjetivo
Los titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas o pesqueras que sean personas físicas son los únicos sujetos pasivos que pueden acogerse a este régimen especial, siempre que no hubieran renunciado a él. Quedan excluidas:
- Las sociedades y cooperativas.
- Sujetos cuyo volumen de operaciones supere los 450.000 euros.
- Los que renuncien al régimen de