Clasificación de Empresas según su Forma Jurídica y Responsabilidad

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Tipos de Empresas según su Forma Jurídica

Vamos a ver las diferencias entre empresas con personalidad física y con personalidad jurídica:

Empresas con Personalidad Física

Cuando la empresa no tiene personalidad por sí sola, sino que tiene la misma que su propietario.

  • Empresario individual: Persona que ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad comercial, industrial o profesional. Responde con todo su patrimonio de las deudas que pueda contraer su negocio. Responsabilidad ilimitada.
  • Comunidad de bienes: Asociación de personas que ponen en común sus bienes para la realización de una actividad. Posee personalidad física y responsabilidad ilimitada.

Empresas con Personalidad Jurídica

Cuando la empresa tiene personalidad propia, por sí sola, y diferente de la de sus propietarios.

Sociedades Personalistas

  • Sociedad Colectiva: Sociedad mercantil de carácter personalista, cuyos socios aportan capital y trabajo, y responden de forma personal, ilimitada y solidaria de las deudas sociales.
  • Sociedad Comanditaria Simple: En su denominación debe figurar el nombre de todos los socios colectivos, o de algunos, añadiendo "y compañía", seguido de "Sociedad en Comandita". Es una sociedad mercantil de carácter personalista en la que coexisten dos tipos de socios:
    • Socios colectivos: Con las mismas características de participación y responsabilidad que en la sociedad colectiva.
    • Socios comanditarios: Aportan solo capital, no intervienen en la gestión de la sociedad, tienen limitada su responsabilidad al capital aportado y participan en los beneficios en proporción a su aportación económica.
  • Sociedad Comanditaria por Acciones: Es una variante de la sociedad comanditaria en la que el capital aportado está representado en acciones. El mínimo de socios es de tres, y al menos uno de ellos será colectivo y responderá de las deudas sociales. En lo demás, se regula por la normativa de las sociedades anónimas.

Sociedades Capitalistas

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada: Es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital está dividido a partes iguales llamadas participaciones, y en la que los socios tienen limitada su responsabilidad al capital aportado.
  • Sociedad Anónima: Es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital social está dividido a partes iguales llamadas acciones, y la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.

Empresas de Economía Social

  • Sociedad Laboral: Son S.A. o S.R.L. en las que la mayoría del capital, como mínimo el 51%, es propiedad de los trabajadores que en ella prestan sus servicios y por tiempo indefinido.
  • Sociedad Cooperativa: Son sociedades constituidas por personas de intereses comunes que se asocian para realizar una actividad empresarial. Las cooperativas aportan capital y trabajo. Su responsabilidad queda limitada al capital aportado.

Otros Conceptos Importantes

  • Empresa: Es una organización de elementos materiales y capital humano con el objetivo último de la obtención de beneficios (ánimo de lucro).
  • IGIC: El IGIC afecta a las entregas de bienes y las prestaciones de servicios, habituales u ocasionales, pero siempre con contraprestación, efectuadas por empresarios o profesionales.

Clases de Empresas según la Responsabilidad del Propietario

  • Empresa privada: Cuando es propiedad de particulares.
  • Empresa pública: Cuando el propietario es la Administración Pública.
  • Empresa mixta: Cuando la propiedad está compartida entre la Administración Pública y los particulares.