Competencias del Estado federal: exclusivas, concurrentes, compartidas e intervención federal

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,35 KB
Actualizado el

Resumen

El texto explica cómo se reparten las competencias en un Estado federal, distinguiendo entre competencias exclusivas, concurrentes y compartidas. También describe las dos formas de intervención federal previstas en el artículo 6º de la Constitución Nacional. Por último, compara la centralización con la descentralización política y la administrativa.

Puntos clave

  • Las competencias exclusivas del gobierno federal pueden ser facultades prohibidas a las provincias o atribuciones excepcionales para ellas.
  • Las competencias concurrentes pueden ser ejercidas indistintamente por el Estado federal o por las provincias, porque no están prohibidas a estas últimas.
  • Las competencias compartidas requieren una doble decisión federal y provincial, y suelen limitarse a reglamentar detalles o aplicar una norma nacional.
  • El artículo 6º de la Constitución Nacional prevé la intervención federal de oficio y a pedido de las autoridades provinciales.
  • En la centralización, los órganos administrativos se relacionan jerárquicamente y no tienen personalidad jurídica ni patrimonio propios.
  • La descentralización política es propia del régimen federal y permite a las provincias organizar su propio gobierno, mientras que la administrativa se basa en un criterio técnico y confiere servicios a órganos con personalidad jurídica propia.

Resumen generado con IA a partir del documento. Ponte a prueba

Unidad IV: Competencias y organización del Estado federal

A continuación se exponen las distintas formas de atribución y organización en un Estado federal, distinguiendo entre competencias exclusivas, concurrentes y compartidas, así como las modalidades de intervención federal, la centralización y las distintas formas de descentralización.

Competencias exclusivas del Estado federal

Las competencias exclusivas del gobierno federal pueden consistir en facultades prohibidas a las provincias o en atribuciones excepcionales para ellas. A la inversa, las facultades exclusivas de las provincias resultan totalmente ajenas al gobierno federal o pueden admitirse como excepcionales respecto de éste.

Competencias concurrentes

Las facultades concurrentes son aquellas que pueden ser ejercidas indistintamente por el Estado federal o por las provincias, ya que se trata de atribuciones que no se encuentran prohibidas a las provincias. Asimismo, su ejercicio por parte de las provincias con fines provinciales no resulta incompatible con el ejercicio de una autoridad análoga por parte del gobierno federal.

Competencias compartidas

Las competencias compartidas requieren la doble decisión integradora, federal y provincial. Constituye una atribución compartida cuando la participación de las provincias se limita a la etapa de reglamentación de detalles o a la aplicación de una norma nacional, requiriéndose así la cooperación entre ambos niveles de gobierno.

Intervención federal

El artículo 6º de la Constitución Nacional prevé dos formas de intervención federal:

  1. De oficio: Dispuesta por el Gobierno Nacional con el objeto de asegurar la forma republicana de gobierno o repeler invasiones exteriores.
  2. A pedido de las autoridades provinciales: Tiene por finalidad sostener el gobierno local o restablecerlo si hubiera sido depuesto por sedición o por invasión de otra provincia.

Centralización

En la centralización, los órganos administrativos se vinculan jerárquicamente (establecen relaciones interorgánicas) y no poseen personalidad jurídica ni patrimonio propios. En este caso, la atención de los fines del Estado está a cargo del ente o entes centrales; por eso se ha dicho que la centralización es un ordenamiento jerarquizado.

Descentralización política

La descentralización política se vincula al sistema de gobierno y es propia del régimen federal. Este tipo de descentralización presupone el poder de organizar el gobierno local conforme a las normas constitucionales: la conformación de sus instituciones, las formas exclusivas de elección de sus autoridades públicas (independientes del gobierno federal), la regulación del desempeño de sus funciones y la capacidad de desarrollar, dentro de su territorio, el imperio jurisdiccional.

Descentralización administrativa

La descentralización administrativa, también denominada descentralización funcional, por servicio o institucional, se estructura sobre la base de un criterio técnico y da lugar a que determinados servicios, cometidos o prestaciones se confieran a un órgano administrativo con personalidad jurídica propia.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las dos formas de intervención federal según el artículo 6º de la Constitución Nacional?

La intervención puede ser de oficio, dispuesta por el Gobierno Nacional para asegurar la forma republicana de gobierno o repeler invasiones exteriores. También puede ser a pedido de las autoridades provinciales, para sostener el gobierno local o restablecerlo si fue depuesto por sedición o por invasión de otra provincia.

¿En qué se diferencian las competencias concurrentes de las compartidas?

Las concurrentes pueden ser ejercidas indistintamente por la Nación o por las provincias, porque no están prohibidas a estas. Las compartidas exigen la decisión conjunta de ambos niveles, y la participación provincial se limita a reglamentar detalles o aplicar una norma nacional.

¿Qué diferencia hay entre descentralización política y administrativa?

La descentralización política se vincula al sistema de gobierno y permite a las provincias organizar sus instituciones y elegir sus autoridades. La administrativa, en cambio, se basa en un criterio técnico y confiere servicios a un órgano con personalidad jurídica propia.

Ponte a prueba

Tarjetas de repaso

Pulsa una tarjeta para ver la respuesta.

Test

1. ¿Qué caracteriza a la centralización según el texto?
2. ¿Cuál de las siguientes es una forma de intervención federal prevista en el artículo 6º?
3. ¿Cuándo una competencia se considera compartida?
4. ¿Qué rasgo distingue a la descentralización política?
5. Según el texto, ¿qué pueden hacer las provincias con las competencias concurrentes?
6. ¿Cuál es la finalidad de la intervención federal a pedido de las autoridades provinciales?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.