Concepto de Derecho Mercantil: Fuentes, Usos del Comercio y Derecho Mercantil Comunitario e Internacional

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Concepto de Derecho Mercantil

Parte del derecho patrimonial privado que regula a los empresarios. Comprende un conjunto de normas jurídicas reguladoras de los empresarios y de los actos que surgen en el ejercicio de su actividad económica en el mercado.

Notas características

  1. Rama del derecho privado especial: por tanto, regula todas las relaciones de los empresarios entre sí, y de estos con sus clientes.
  2. Criterio subjetivo: se basa en orden al criterio subjetivo, es decir, en el sujeto que realiza la actividad empresarial.

Derecho Mercantil y la Unión Europea

Derecho mercantil internacional

Derecho mercantil y comunitario

El Derecho Mercantil se caracteriza por su tendencia a la uniformidad. Una de sus manifestaciones tiene lugar en el ámbito de la CEE, ya que, una vez que España se adhirió a esta, realizó una cesión de competencias soberanas en el ejercicio de la potestad legislativa. En este ámbito comunitario hay que diferenciar:

  1. Derecho comunitario originario: compuesto por tratados a los que nos adherimos. Se produce una proliferación de normas comunitarias y la primacía del derecho mercantil comunitario sobre el nacional por la transferencia de competencia por parte del Estado.
  2. Derecho comunitario derivado: compuesto por:
    • a) Reglamentos: normativa de desarrollo. En este derecho son la norma de mayor rango, porque son directamente aplicables a nuestro ordenamiento sin ninguna adaptación.
    • b) Directivas: obligan en cuanto a la finalidad. El Estado, en un plazo de 2 años, tiene que adaptar su normativa.

Derecho mercantil internacional

Mecanismos para lograr la uniformidad internacional. Se aportan distintas soluciones:

  1. Unificación de las normas en conflicto: se limita a establecer criterios uniformes en la remisión al derecho nacional aplicable.
  2. "Lex mercatoria": reglas de formación autónoma creadas por sectores interesados en el tráfico mercantil internacional, sin normas convencionales.
  3. Tratados y convenciones internacionales.

Las fuentes del Derecho Mercantil

Ley mercantil

Ley mercantil: toda norma estatal escrita, codificada o no, cualquiera que sea su rango jerárquico, y que discipline la materia mercantil.

  1. El "Código de Comercio" vigente (1885).
  2. Las "leyes mercantiles especiales".
  3. "Disposiciones legales no estatales".

Los usos del comercio

Usos del comercio: reiteración uniforme y constante de una determinada conducta por los comerciantes en su negocio. Su importancia cambia desde la costumbre. Ha perdido relevancia, pero sigue teniendo cierta importancia porque los comerciantes ofrecen soluciones con más agilidad frente a la lentitud del sistema legal, aunque existen condiciones generales de la contratación y más usos en sentido estricto. Hoy en día, la costumbre sí tiene gran importancia a nivel internacional. Se adapta mejor a las necesidades que las leyes y de manera más rápida. Rige la autonomía de la voluntad.

Clases de usos del comercio

  1. Usos interpretativos: facilitan la interpretación de la voluntad.
  2. Usos normativos: tienen la consideración de derecho objetivo, que se aplica al contrato independientemente de la voluntad de las partes.

Vías para probar que existen los usos

  1. Recopilaciones: que llevan a cabo distintas instituciones.
  2. Dictámenes: elaborados por peritos que realizan análisis para elaborar los informes.
  3. Sentencias previas.

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