La Confederación de Estados: Un Estudio de Derecho Constitucional
Confederación de Estados
a) Concepto
Según García Pelayo, la confederación de Estados es la vinculación entre Estados, creada por un pacto internacional, con intención de perpetuidad, que da lugar a un poder que se ejerce sobre los Estados miembros y no, de modo inmediato, sobre los individuos.
b) Naturaleza Jurídica
Desde un punto de vista histórico, la confederación tiene un carácter fluyente entre la mera alianza o Liga y el Estado federal. En cualquier caso, pertenece fundamentalmente al Derecho Internacional, dado que carece de poder inmediato sobre los ciudadanos de cada Estado. Y, en caso de duda, prevalece la competencia y el derecho del Estado particular.
Al constitucionalista le interesa su estudio por dos razones:
- Suele ser antecedente histórico del Estado federal.
- Sirve para hacer la distinción entre Confederación y Estado federal.
c) Esquema básico de su organización
1º) Fines
Se persigue la seguridad interna y externa de los Estados miembros. Se excluye el ius belli entre los miembros y —salvo casos particulares especiales— contra terceros sin intervención de la Confederación.
2º) Órgano fundamental
El órgano fundamental de la Confederación es un Congreso o Dieta formado por mandatarios designados por los órganos competentes de cada Estado participante. Estos mandatarios están sujetos a mandato imperativo (instrucciones recibidas de sus Gobiernos). Las decisiones confederales serán tomadas por unanimidad, o al menos por asentimiento de dos tercios o tres cuartos de los miembros. Las decisiones de la Confederación no obligan directamente a los individuos, sino a los Estados; de manera que, para convertirse en derecho válido para los ciudadanos, se precisa su transformación en normas jurídicas particulares de cada Estado miembro.
3º) Diferencias con el Estado federal
Hay tres diferencias importantes:
- En el Estado federal, la "Federación" o Estado central tiene una soberanía propia separada de la soberanía de los Estados miembros. En la Confederación, cada Estado miembro conserva su soberanía. Siguen siendo Estados en su sentido más pleno.
- En el Estado federal, el Estado central ejerce, a través de sus propios detentadores del poder (los órganos "federales"), un dominio directo sobre los ciudadanos de todo el territorio nacional, sin intervención de los Estados miembros. En la Confederación, las decisiones no obligan directamente a los ciudadanos, sino a los Estados miembros.
- En el Estado federal, los fundamentos esenciales de las relaciones federales están fijados en un documento constitucional formal. Existe una Constitución del Estado federal. No ocurre así con la Confederación.