Entidades Locales y Decreto Ley: Organización y Normativa en España
Enviado por Comunidad Wikiteka y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,27 KB
Las Entidades Locales y el Decreto Ley en España
Los Ordenamientos Locales
Las Entidades Locales (EELL) son estructuras de carácter político constitucionalmente reconocidas (Art. 137 CE). Pero las EELL son también, al mismo tiempo, Administración Pública. Son organizaciones cuya función principal radica en la gestión de servicios públicos de interés general para la comunidad. Por su condición de Administración Pública, toda su organización y actividad está sujeta al Derecho Administrativo.
Diferencias entre Estado, CCAA y EELL
¿Cuál es la diferencia más grande que existe en los 3 escalones territoriales: Estado, CCAA y EELL? En el Estado vemos localizados los 3 poderes clásicos. En las CCAA vemos un Ejecutivo y un Legislativo, aunque no un Judicial. Pero las EELL tienen Poder Ejecutivo aunque no Legislativo (no pueden elaborar leyes). Los representantes políticos de los ciudadanos no se localizan en el Parlamento porque no tienen Parlamento (a diferencia del Estado y de las CCAA), sino que estos representantes se integran en la Administración Municipal (es decir, en el Pleno de un Ayuntamiento; el Ayuntamiento es el órgano de Gobierno y Administración del Municipio, salvo que funcionen en régimen de concejo abierto).
Para las EELL, el reconocimiento constitucional supone una garantía institucional que se traduce, entre otras muchas cosas, en la capacidad de dictar normas. Es decir, la autonomía consagrada en el Art. 137 CE lleva implícita la capacidad de estos entes de dictar normas jurídicas de carácter reglamentario (porque las EELL no tienen Parlamento).
Decreto Ley
Para estudiar el decreto ley nos vamos al art. 86 CE que establece las siguientes cautelas:
- Presupuesto de hecho: Solo pueden ser dictados por extraordinaria y urgente necesidad. El Gobierno es el que determina si hay extraordinaria o urgente necesidad, y en segundo lugar lo determina el TC.
- Carácter provisional: Los decretos ley, una vez publicados, tienen que ser posteriormente revisados por el Gobierno.
El Congreso de los Diputados puede:
- Ratificarlo
- Derogarlo
Se establece el plazo máximo de 30 días que el decreto-ley puede estar sometido a condiciones del Congreso. En ese plazo lo tiene que presentar al Congreso y este puede convalidarlo o no. Solo una vez convalidado se puede tramitar como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. Esta opción interesa a los grupos parlamentarios para que estos puedan introducir enmiendas. Una vez que ha tramitado da lugar a una ley en sentido formal, del Parlamento, y esa ley nueva derogará al anterior decreto-ley.
No pueden regular determinadas materias: estas materias son instituciones básicas del Estado, más las materias reservadas a LO.
Decreto Ley en las CCAA
La CE dice que es el Congreso de los Diputados el que debe convalidarlo. En las CCAA no hay Congresos de Diputados porque son Asambleas unicamerales. Pero en la actualidad los gobiernos de las CCAA han asumido en los EEAA que se han reformado después de 2006, que contemplan la posibilidad de que esos gobiernos autonómicos puedan dictar Decretos-Leyes en caso de extraordinaria y urgente necesidad.