Aduanas: tipos, competencias legales y Régimen de Aduana en Factoría
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Resumen
El texto explica qué es una aduana y su función de percepción y fiscalización de tributos a la importación y exportación, además del control del tráfico internacional de mercaderías. Clasifica las aduanas según su duración y competencia, describe las aduanas yuxtapuestas y los tipos definidos por la Convención de Kioto. También recoge el marco legal argentino sobre su creación, traslado y competencia, y el Régimen de Aduana en Factoría.
Puntos clave
- Una aduana es una oficina que percibe y fiscaliza rentas públicas por derechos de importación y exportación y controla el tráfico internacional de mercaderías.
- Según su duración, las aduanas pueden ser permanentes o transitorias; según su competencia, pueden ser territoriales o por materia.
- Las aduanas yuxtapuestas agrupan en zona de frontera los controles de los servicios aduaneros de dos Estados vecinos.
- La Convención de Kioto distingue aduana de carga, de destino, de paso y de salida en las operaciones de tránsito aduanero.
- El artículo 67, inciso 9 de la Constitución Nacional atribuye al Congreso crear y suprimir aduanas, sin suprimir las aduanas exteriores existentes en cada provincia al incorporarse.
- El Régimen de Aduana en Factoría, creado por el Decreto 688/2002, permite ingresar insumos con destinación suspensiva para transformarlos y exportarlos con alto valor agregado.
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Concepto de Aduana y su Función Esencial
Se considera aduana a toda oficina, dentro de la competencia otorgada, donde se realicen las funciones propias del ente, en particular la de percepción y fiscalización de las rentas públicas, producidas por los derechos y demás tributos que graven la importación y exportación, y las de control del tráfico internacional de mercaderías.
Clasificación de Aduanas
Según su Duración
- Permanentes: Establecidas de forma indefinida para el control aduanero continuo.
- Transitorias: Creadas por razones de mejor control, racionalización o eficiencia del servicio o del tráfico internacional, con una duración limitada.
Según su Competencia
- Territorial: Su jurisdicción se define por un área geográfica específica.
- Por Materia: Su competencia se especializa en ciertos tipos de mercaderías o regímenes aduaneros.
Aduanas Yuxtapuestas: Cooperación Internacional
Como consecuencia de la cooperación internacional, surgen las llamadas aduanas yuxtapuestas. Estas agrupan los controles que deben efectuar los servicios aduaneros de dos Estados vecinos, ubicados en la zona de frontera, lo que facilita y acelera el cumplimiento de las formalidades aduaneras.
Tipos de Aduanas según la Convención de Kioto sobre Tránsito Aduanero
- Aduana de Carga: Oficina de aduana en la que se toman medidas preliminares que permiten el comienzo de una operación de tránsito aduanero en una oficina de salida.
- Aduana de Destino: Oficina de aduana donde termina una operación de tránsito aduanero.
- Aduana de Paso: Oficina de aduana por la que se importan o exportan mercaderías en una operación de tránsito aduanero.
- Aduana de Salida: Oficina de aduana donde se inicia una operación de tránsito aduanero.
Marco Legal y Competencias Aduaneras
Creación y Supresión de Aduanas
El Artículo 67, Inciso 9 de la Constitución Nacional (CN) establece que corresponde al Congreso de la Nación crear y suprimir aduanas, sin que puedan suprimirse las aduanas exteriores que existan en cada provincia al tiempo de su incorporación. (Esta finalidad busca asegurar la continuidad de las aduanas de cada provincia, evitando así la posibilidad de modificar, mediante su supresión, las corrientes de importación y exportación establecidas).
Traslado de Aduanas
En el Artículo 20 del Código Aduanero (CA) se contempla la posibilidad de trasladar el asiento geográfico de las aduanas con el objetivo de adaptarse a las necesidades del tráfico y adecuarse a las posibilidades del Servicio Aduanero. El Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar dicha acción.
Competencia Aduanera
- En razón de la materia: Queda determinada en función de la legislación aduanera (Código Aduanero).
- En razón del lugar: Se extiende a todo el ámbito sometido a la soberanía de la Nación (enclaves sí, enclaves no).
Regímenes Aduaneros Especiales: Régimen de Aduana en Factoría (RAF)
El Régimen de Aduana en Factoría (RAF), creado por el Decreto N.º 688/2002, permite el ingreso de materias primas, insumos o bienes con destinación suspensiva. Su objetivo es posibilitar la disposición de los componentes importados por un lapso mayor y facilitar la transformación o utilización de los mismos, a fin de obtener productos terminados con alto valor agregado y perspectivas de comercialización en el mercado exterior. Este régimen especifica las mercaderías comprendidas y requiere una solicitud de inclusión ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Preguntas frecuentes
¿Qué es una aduana según el texto?
Es toda oficina, dentro de la competencia otorgada, donde se realizan las funciones de percepción y fiscalización de las rentas públicas por derechos de importación y exportación y el control del tráfico internacional de mercaderías.
¿Quién puede crear o suprimir aduanas?
El artículo 67, inciso 9 de la Constitución Nacional establece que corresponde al Congreso de la Nación crear y suprimir aduanas, sin poder suprimir las aduanas exteriores existentes en cada provincia al tiempo de su incorporación.
¿Qué es el Régimen de Aduana en Factoría?
Es un régimen especial, creado por el Decreto N.º 688/2002, que permite el ingreso de materias primas, insumos o bienes con destinación suspensiva para transformarlos en productos terminados con alto valor agregado. Requiere una solicitud de inclusión ante la AFIP.
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