Fundamentos del Derecho de la Unión Europea: Fuentes, Principios y Acervo Comunitario
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Derecho Originario
El Derecho Originario constituye la fuente primaria y suprema del ordenamiento jurídico de la Unión Europea.
Principios Fundamentales
- Principio de Proporcionalidad.
- Principio de Subsidiaridad.
Fuentes del Derecho Originario
1. Tratados Constitutivos
Son los documentos fundacionales que establecen las bases de la Comunidad y la Unión:
Tratados de Roma (1957):
- Comunidad Económica Europea (CEE).
- Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA).
Otros Actos Fundacionales:
- Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA).
- Acta Única Europea (AUE).
- Tratado de la Unión Europea (TUE).
2. Tratados Modificativos
Documentos que reforman y adaptan los tratados fundacionales:
- Tratado de Ámsterdam.
- Tratado de Niza.
- Proyecto del Tratado Constitucional.
Además, dentro del Derecho Originario, se incluye otro grupo fundamental: los Tratados de Adhesión de los nuevos Estados Miembros, que suponen modificaciones y adaptaciones de los Tratados Constitutivos.
Derecho Derivado (o Comunitario)
El Derecho Derivado está compuesto por aquellos actos jurídicos dictados en desarrollo y subordinados al Derecho Originario.
Distinción de Actos Jurídicos
El Derecho Derivado admite una doble distinción:
a. Actos Típicos
Son aquellos actos que aparecen nombrados y regulados en el Tratado.
Actos Típicos Obligatorios
- Reglamento: Es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado Miembro. No tiene destinatario concreto.
- Directiva: Obliga al Estado Miembro destinatario en cuanto al resultado que debe conseguirse, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y los medios.
- Decisión: Es obligatoria en todos sus elementos. Sí tiene destinatario concreto (que puede ser un Estado o un particular).
Actos Típicos No Obligatorios
- Recomendaciones.
- Dictámenes.
b. Actos Atípicos
Son aquellos actos que no aparecen nombrados en el Tratado. Constituyen la base para el desarrollo del Derecho Comunitario.
- Tratado de Roma.
- Tratado de Roma. CEEA.
- Tratado de la Unión Europea, modificado por Ámsterdam y Maastricht.
Acervo Comunitario (Acquis Communautaire)
El Acervo Comunitario es el cuerpo normativo integral de la Unión Europea. Cualquier adhesión de un nuevo Estado a la Unión Europea se efectuará asumiendo íntegramente todo el Acervo Comunitario.
Este concepto abarca no solo el Derecho Originario y el Derecho Derivado (actos jurídicos propiamente dichos), sino también:
- Las declaraciones y resoluciones.
- La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
- Los acuerdos internacionales que haya podido suscribir la Comunidad con terceros Estados.
Este Acervo Comunitario es, en teoría, innegociable y debe ser aceptado tal como se encuentra en el momento de la adhesión, sin perjuicio de que en la negociación el Estado aspirante pueda obtener modos singulares de aplicación temporal, es decir, medidas transitorias con carácter general.