Asociaciones y Fundaciones: Marco Legal, Requisitos y Estructura de Entidades Sin Ánimo de Lucro
Enviado por Comunidad Wikiteka y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,28 KB
Asociaciones: Concepto, Requisitos y Estructura
Una Asociación es la unión de tres o más personas que ponen en común sus conocimientos, actividades o recursos económicos para conseguir, sin ánimo de lucro, una finalidad general.
Características de las Asociaciones
- La personalidad jurídica es independiente de las personas que componen la asociación.
- Se requiere un mínimo de 3 personas para su constitución.
- No debe existir ánimo de lucro, lo cual constituye la principal diferencia con las sociedades mercantiles o civiles.
- Las Sociedades Civiles están reguladas por el Código Civil español.
- Las Sociedades Mercantiles están reguladas por el Código de Comercio.
- La finalidad que persiguen debe ser de interés general (en beneficio de la sociedad) o particular (en beneficio exclusivo de sus miembros).
Elementos de la Estructura de una Asociación
Asamblea General
Es el órgano supremo de la asociación, constituido por la totalidad de sus miembros. Su misión es formar la voluntad de la asociación mediante acuerdos adoptados por sus integrantes. Usualmente, las decisiones se adoptan por mayoría simple, aunque en ocasiones puede requerirse mayoría cualificada. Una vez adoptada una decisión, esta es de carácter obligatorio para todos los miembros.
Órgano de Gobierno
Generalmente constituido por un consejo directivo y un presidente. Su función es ejecutar la voluntad de la asociación y velar por el cumplimiento de sus fines.
Fundaciones: Concepto, Requisitos y Estructura
Una Fundación es una entidad sin ánimo de lucro, constituida mediante la declaración de voluntad de una o más personas, destinando bienes particulares a la consecución de un fin de interés general.
Características de las Fundaciones
- Conjunto de bienes: Se atribuye personalidad jurídica a este patrimonio, que es el elemento central de la fundación.
- Declaración de voluntad: Expresa la intención de constituir una persona jurídica mediante la afectación de bienes. Dichos bienes se separan de la propiedad particular de las personas que la constituyen.
- No debe existir ánimo de lucro.
- La finalidad que persiguen debe ser siempre de interés general (en beneficio de la sociedad).
Elementos de la Estructura de una Fundación
Patronato
Es el órgano de gobierno y representación de la fundación. No solo establece, sino que ejecuta la voluntad de la persona jurídica. Debe estar constituido, como mínimo, por 3 personas (físicas o jurídicas; en este último caso, actuarán a través de un representante).
Protectorado
Es una institución externa a la fundación, cuya finalidad es supervisar su actuación. Su función principal es velar por el cumplimiento de los fines de interés general. En el ámbito autonómico español, por ejemplo, corresponde a la Generalitat de Catalunya.