Fundamentos de la Filosofía Política de John Locke: Libertad y Propiedad

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La Teoría Política de John Locke

Su punto de partida fue la crítica del absolutismo; en su Primer Tratado sobre el Gobierno Civil, rebatía las tesis de Robert Filmer. Filmer defendía el absolutismo monárquico sirviéndose de una analogía: identificaba el poder del soberano absoluto con el poder que tiene el padre de familia en esta, realizando una utilización ilegítima de la Sagrada Escritura. En definitiva, la ley natural no puede legitimar el poder de uno solo sobre todos los demás hombres, sino que lo que ordena la ley natural es la libertad y el derecho de todos.

Definición del Poder Político

Locke elabora su propia teoría política en el Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil, comenzando por la definición de poder político: el derecho de legislar e imponer penas a los transgresores de las leyes, ampliar la fuerza de la comunidad en la ejecución de las leyes y en la defensa del Estado frente a ataques extranjeros, todo ello por el bien público.

El Estado de Naturaleza

Mientras que Hobbes afirma que es un estado de violencia y lucha de todos contra todos, para Locke, el estado natural está regido por la ley moral natural o “ley de naturaleza”. En este estado, los hombres viven juntos y gozan del derecho a:

  • La vida
  • La libertad
  • La posesión de sus bienes

El Derecho de Propiedad y el Trabajo

De los derechos naturales le preocupa, en especial, el “derecho de propiedad”. Para conservar su vida, el hombre necesita de los bienes materiales que Dios ha puesto a su disposición en la tierra. El medio para apropiarse de tales bienes es el trabajo. Cuando alguien mezcla su trabajo con las cosas materiales, las hace suyas y, por tanto, se las apropia.

División de Poderes y Crítica a la Monarquía

Locke ataca a la monarquía absoluta, que no respeta los derechos naturales del individuo. Considera que no es conveniente que las personas que hacen las leyes las ejecuten, pues podrían adaptarlas a sus conveniencias y no al bien común. Por ello, propone una división de poderes estructurada de la siguiente forma:

  • Poder legislativo: Encargado de crear las leyes.
  • Poder ejecutivo: Encargado de la ejecución de las mismas.
  • Poder federativo: Se ocupa de las relaciones con los demás Estados y tiene capacidad para hacer la guerra y firmar tratados y alianzas.

Se debe gobernar por leyes promulgadas que busquen el bien del pueblo. El Estado no debe establecer impuestos sin tratarlo previamente con el pueblo; de lo contrario, la rebelión puede estar justificada.