Elementos del delito de homicidio
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-AMENZAZAS:
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El contrato de clientela era un acuerdo entre particulares, a diferencia del hospedaje, que se establecía entre comunidades. Se caracterizaba por una desigualdad inherente entre las partes: una más poderosa, el patrón, y otra más débil, el cliente.
Esta desigualdad se manifestaba en las consecuencias del contrato: los derechos y deberes de las partes no eran iguales, ni tampoco había equivalencia en las prestaciones.
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1. Galicia, nacionalidad histórica, se constituye en Comunidad Autónoma para acceder a su autogobierno, de conformidad con la Constitución Española y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.
2. La Comunidad Autónoma, a través de instituciones democráticas, asume como tarea principal la defensa de la identidad de Galicia y de sus intereses y la promoción de solidaridad entre todos cuantos integran el pueblo gallego.
3. Los poderes de la Comunidad Autónoma de Galicia emanan de la Constitución, del presente Estatuto y del pueblo.
1. El territorio de Galicia es el comprendido en las actuales provincias de... Continuar leyendo "Estatuto de Autonomía de Galicia: Derechos, Deberes y Organización" »
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Surge por primera vez.
El estado ya existía.
Es un poder que crea, reforma o cambia una constitución y, al mismo tiempo, crea o reforma al estado.
Se divide en originario y derivado.
Se da por primera vez.
Da continuidad al originario. Revoluciona la constitución.
Características: Es de supraordenación y es condicionado.
Diferencia: El poder constituyente crea un estado, a diferencia del derivado que se sujeta a los preceptos dispuestos en el poder constituyente originario.
Crea.
Se genera cuando un estado cambia o deroga la constitución.
Ejemplo:... Continuar leyendo "Génesis y Elementos del Estado: Un Enfoque Detallado" »
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En el Derecho Internacional, se considera sujeto a toda entidad que asume directamente responsabilidad por una conducta incompatible con una norma y, a su vez, posee legitimación directa para reclamar contra la violación de dicha norma. Estos son los rasgos esenciales e irreductibles de la subjetividad internacional. Esto implica que no todos los entes beneficiados por una norma, o a quienes esta imponga una conducta, son necesariamente sujetos del Derecho Internacional. Para serlo, se requiere de:
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La noción de responsabilidad civil tiene un carácter esencialmente reparador. El responsable del daño o perjuicio causado a un tercero tiene la obligación de reparar pecuniaria o económicamente a un sujeto de derecho, sea una persona física o jurídica. Se trata de transferir el daño o el perjuicio sufrido por la víctima al ofensor o responsable del daño causado.
Según Peirano Facio, la noción de responsabilidad civil no es una categoría lógica en el mundo del derecho, sino una categoría histórica. Se desarrolló a partir de la ley del talión, en la cual las personas eran responsables del daño equivalente al que habían causado (ojo por ojo, diente por diente).
En el derecho... Continuar leyendo "Fundamentos y Evolución de la Responsabilidad Civil: Reparación del Daño" »
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Las compañías de seguros se dividen principalmente en: Seguros Generales, Seguros de Vida y Reaseguros. Estas entidades operan bajo la figura de Sociedades Anónimas Abiertas, reguladas por la Ley 18.046, y se encuentran bajo la fiscalización de la SVS (Superintendencia de Valores y Seguros) y el SII (Servicio de Impuestos Internos). Al ser sociedades abiertas, transan en la Bolsa de Comercio y deben publicar sus estados financieros.
El seguro se define como un contrato bilateral basado en un acuerdo para cubrir un bien asegurado mediante una indemnización. Sus principios fundamentales son:
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El concepto de derecho subjetivo se contrapone al de Derecho objetivo, entendiéndose ambos como dos sentidos posibles del término Derecho.
Por Derecho objetivo se entiende el conjunto de normas jurídicas vigentes (o que lo han estado) en un determinado tiempo y lugar. Cuando se habla de Derecho objetivo (o de Derecho en sentido objetivo) se alude a lo jurídico en tanto que norma. Derecho objetivo es un término sinónimo de Derecho positivo.
Por derecho subjetivo se entiende toda facultad o poder de que es titular un sujeto de derecho frente a otro y otros, bien para hacer o no hacer... Continuar leyendo "El Derecho Objetivo y Subjetivo: Conceptos y Contenido" »