Participación criminal y concurso de delitos en el Código Penal español
Participación en el Delito
Inductores
Los inductores son aquellos que inducen a otros a cometer un delito y tendrán la misma pena que el inducido. La inducción ha de ser directa (no general) y eficaz; el inducido tiene que aceptar y ejecutar el delito, de lo contrario, sería proposición. La diferencia con la autoría mediata es que, en este caso, el individuo sí conoce la antijuridicidad de la conducta.
Cooperadores Necesarios
Son aquellos que contribuyen a la ejecución del delito con una acción sin la cual no podría haberse ejecutado el mismo.
Complicidad (Art. 29)
Los cómplices participan en el delito, pero su intervención no es imprescindible para que se lleve a cabo. Se considera cómplice a quien coopera con un acto anterior (actos...