Delegación de Facultades del Consejo de Administración: Límites y Funciones Indelegables
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Delegación de Facultades del Consejo de Administración en Sociedades de Capital
¿Puede el Consejo de Administración delegar sus facultades?
Sí, el Consejo de Administración puede delegar facultades, siempre que los estatutos sociales no establezcan lo contrario.
El Consejo podrá designar entre sus miembros una Comisión Ejecutiva o uno o varios Consejeros Delegados, sobre los que puede delegar algunas de sus facultades. Esto se entiende sin perjuicio de los apoderamientos que pueda conferir a favor de cualquier otra persona.
En caso de designar una o varias comisiones ejecutivas o a uno o varios consejeros delegados, el Consejo de Administración deberá establecer claramente:
- El contenido de la delegación.
- Los límites de la delegación.
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