Usufructo: Duración y modalidades
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Caso 8. Pregunta 1
El usufructo es un derecho real en cosa ajena, esencialmente temporal, esto es lo que se deduce del plazo máximo por el que se puede constituir tanto si el beneficiario es una persona física como si lo es jurídica; el art. 469 CC se refiere a la constitución del usufructo en beneficio de personas físicas tanto individualmente consideras, como cuando son llamadas a usufructuar la cosa varios sujetos.
En el primer caso (único usufructuario) el límite máximo por el que se puede constituir el usufructo aparece indicado en el art. 513. 1 CC, siendo este la vida del usufructuario, es decir, como máximo solo se puede constituir con carácter vitalicio, fallecido el usufructuario, el usufructo se extingue sin que pueda transmitirse... Continuar leyendo "Usufructo: Duración y modalidades" »