Regulación de la Sucesión Internacional: Validez Formal del Testamento y Ámbito de la Ley Aplicable (RBIV)
Validez Formal del Testamento: El Principio del Favor Negotii
El Artículo 1 del Convenio de La Haya de 1961 (CV Haya 196) establece el Principio del favor negotii, según el cual la validez formal del testamento debe ser admitida si así lo contempla una de las siguientes leyes:
- Ley del lugar en que el testador hizo la disposición (locus regit actum).
- Ley de la nacionalidad del testador en el momento del otorgamiento.
- Ley de la nacionalidad del testador en el momento del fallecimiento.
- Ley del domicilio del testador en el momento del otorgamiento.
- Ley del domicilio del testador en el momento del fallecimiento.
- Ley de la residencia habitual del testador en el momento del otorgamiento.
- Ley de la residencia habitual del testador en el momento del fallecimiento.