Regulación de la Competencia: Acuerdos, Prácticas Abusivas y Competencia Desleal
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REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA
A) Acuerdos y Prácticas Restrictivas o Abusivas
a) Conductas Prohibidas
El artículo 1 de la LDC (Ley de Defensa de la Competencia) prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva o práctica concertada o conscientemente paralela que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del mercado nacional. La Ley expone una serie de supuestos sobre conductas prohibidas:
- i. La fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio.
- ii. La limitación o control de la producción, la distribución, el desarrollo técnico o las inversiones.
- iii. El reparto del mercado o de las fuentes de aprovisionamiento.
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