La Administración Periférica del Estado: Estructura y Funciones

Enviado por Comunidad Wikiteka y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,41 KB
Actualizado el

Resumen

El texto explica la Administración Periférica del Estado, su evolución histórica y su régimen actual en la LOFAGE. Describe la figura de los Delegados del Gobierno en las comunidades autónomas y la de los Subdelegados del Gobierno en las provincias, con su nombramiento, su dependencia y sus funciones principales.

Puntos clave

  • La Administración Periférica del Estado se rige por la LOFAGE y sus normas de desarrollo.
  • El artículo 154 de la Constitución Española establece que un Delegado nombrado por el Gobierno dirige la Administración del Estado en la comunidad autónoma.
  • Los Delegados del Gobierno se nombran y cesan por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno.
  • Los Subdelegados del Gobierno existen en cada provincia y dependen del Delegado del Gobierno.
  • En los archipiélagos Balear y Canario, los Subdelegados reciben el nombre de Directores Insulares de la Administración General del Estado.
  • La Comisión Interministerial de Coordinación de la Administración Periférica del Estado fue creada por el Real Decreto 119/2003.

Resumen generado con IA a partir del documento. Ponte a prueba

Administración Periférica del Estado: Estructura y Funciones

1. Evolución Histórica y Régimen Vigente

Esta administración ejerce sus funciones en un ámbito espacial limitado. En España, su implantación se produce después de la muerte de Fernando VII, por obra de Javier de Burgos, al dividir el territorio nacional en provincias y crear los subdelegados provinciales de fomento. Posteriormente, esta administración girará sobre los gobiernos civiles, como responsables del orden público.

Actualmente, el régimen de esta administración se establece en la LOFAGE (Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado) y en diversas normas de desarrollo. Mediante el Real Decreto 119/2003, de 31 de enero, modificado posteriormente, se creó la Comisión Interministerial de Coordinación de la Administración Periférica del Estado como órgano coordinador de la misma.

2. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas

El artículo 154 de la Constitución Española (CE) establece que: "Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la Administración propia de la Comunidad."

Actualmente, la LOFAGE fortalece este precepto en sus artículos 22 a 28, potenciando esta figura al ser el único órgano territorial de la Administración del Estado con relevancia constitucional.

Su nombramiento y cese se producen mediante Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del propio Presidente del Gobierno, siéndoles de aplicación el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno.

Los Delegados del Gobierno se caracterizan por tener una dependencia múltiple, ya que poseen una dependencia general de la Presidencia del Gobierno. No obstante, el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, en el que se integran administrativamente las Delegaciones del Gobierno, puede dictar instrucciones para la concreta Administración General del Estado en su territorio. Además, en la medida en que el Delegado ejerce funciones correspondientes a varios ministerios, estos también pueden impartir instrucciones sobre sus áreas de responsabilidad; debiendo destacarse las que puede impartir el Ministerio del Interior en materia de libertades y seguridad pública.

De acuerdo con lo previsto en la CE y en la LOFAGE, los Delegados del Gobierno tienen competencias sobre la Administración General del Estado en el territorio de la comunidad correspondiente y en relación con otras administraciones territoriales.

El régimen de la Delegación del Gobierno se establece en el artículo 32 de la LOFAGE, mediante el Real Decreto 1130/1997, de 1 de agosto. Su sede es la localidad donde radique el gobierno autonómico, presidida por el Delegado y en la que se integran los Subdelegados.

3. Los Subdelegados del Gobierno en las Provincias

Su creación constituyó una de las novedades más resaltables de la LOFAGE, al ser el órgano que sustituía a los Gobernadores Civiles. Su régimen jurídico se establece en los artículos 29 y 32 de la LOFAGE y en el Real Decreto 617/1997, de 25 de abril, sobre Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares de la Administración General del Estado.

Los Subdelegados del Gobierno existen en cada provincia, excepto en las Comunidades Autónomas uniprovinciales en las que el Delegado del Gobierno asume sus funciones, aunque debido a determinadas circunstancias también pueden crearse subdelegaciones.

Tienen la consideración de órganos directivos que dependen del Delegado del Gobierno, quien los nombra a través del procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera con titulación universitaria superior. Sus funciones son de carácter general, incluyendo la protección de derechos y libertades, la dirección de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de los de Protección Civil, entre otras varias.

En los archipiélagos Balear y Canario, estos órganos reciben el nombre de Directores Insulares de la Administración General del Estado.

Preguntas frecuentes

¿Quién nombra a los Subdelegados del Gobierno?

Los nombra el Delegado del Gobierno, mediante el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera con titulación universitaria superior.

¿Qué órganos sustituyeron los Subdelegados del Gobierno?

Según el texto, los Subdelegados sustituyeron a los Gobernadores Civiles. Fueron una de las novedades más destacadas de la LOFAGE.

Ponte a prueba

Tarjetas de repaso

Pulsa una tarjeta para ver la respuesta.

Test

1. ¿Qué ley regula la organización y el funcionamiento de la Administración General del Estado?
2. ¿Qué artículo de la Constitución Española regula al Delegado del Gobierno en la comunidad autónoma?
3. ¿Qué órganos sustituyeron los Subdelegados del Gobierno?
4. ¿Qué Real Decreto fija el régimen de la Delegación del Gobierno?
5. ¿Qué ministerio puede dictar instrucciones para la Administración General del Estado en el territorio del Delegado?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.