Derecho Común: Orígenes, Características y Consecuencias
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Características del Derecho Común
El Derecho Común se caracteriza por:
- Creación por juristas: A diferencia de otros sistemas, su creación no depende del Estado, sino de la labor de los juristas.
- Desarrollo en universidades: Las universidades jugaron un papel fundamental en la elaboración y difusión del Derecho Común.
- Obras jurídicas: Su desarrollo se manifiesta a través de la creación de obras jurídicas escritas.
- Pretensiones de validez universal: Busca una aplicación universal, más allá de las fronteras geográficas.
- Influencia del Derecho Romano y Canónico: Se nutre principalmente del Derecho Romano y el Derecho Canónico, con influencias menores de otros derechos regionales (ej: Derecho feudal en Lombardía).
- Fundamento en la jurisdicción imperial y papal: Su pretensión de universalidad se basa en la jurisdicción del emperador y el Papa.
- Lengua común (latín): El latín facilitó su difusión y comprensión en toda Europa.
Consecuencias del Derecho Común
La principal consecuencia del Derecho Común fue la creación de una cultura jurídica común en Europa, de la cual derivan otras:
- Lenguaje jurídico común: Se desarrolló un vocabulario jurídico compartido en toda Europa.
- Instituciones comunes: Se establecieron instituciones comunes, especialmente en el ámbito privado (ej: contratos, con sus diferentes clasificaciones: reales, consensuales, solemnes, etc.).
- Procedimientos judiciales comunes: Se unificaron los procedimientos para resolver litigios, predominando el procedimiento escrito.