Derecho Común: Orígenes, Características y Consecuencias

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Características del Derecho Común

El Derecho Común se caracteriza por:

  1. Creación por juristas: A diferencia de otros sistemas, su creación no depende del Estado, sino de la labor de los juristas.
  2. Desarrollo en universidades: Las universidades jugaron un papel fundamental en la elaboración y difusión del Derecho Común.
  3. Obras jurídicas: Su desarrollo se manifiesta a través de la creación de obras jurídicas escritas.
  4. Pretensiones de validez universal: Busca una aplicación universal, más allá de las fronteras geográficas.
  5. Influencia del Derecho Romano y Canónico: Se nutre principalmente del Derecho Romano y el Derecho Canónico, con influencias menores de otros derechos regionales (ej: Derecho feudal en Lombardía).
  6. Fundamento en la jurisdicción imperial y papal: Su pretensión de universalidad se basa en la jurisdicción del emperador y el Papa.
  7. Lengua común (latín): El latín facilitó su difusión y comprensión en toda Europa.

Consecuencias del Derecho Común

La principal consecuencia del Derecho Común fue la creación de una cultura jurídica común en Europa, de la cual derivan otras:

  1. Lenguaje jurídico común: Se desarrolló un vocabulario jurídico compartido en toda Europa.
  2. Instituciones comunes: Se establecieron instituciones comunes, especialmente en el ámbito privado (ej: contratos, con sus diferentes clasificaciones: reales, consensuales, solemnes, etc.).
  3. Procedimientos judiciales comunes: Se unificaron los procedimientos para resolver litigios, predominando el procedimiento escrito.
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