Títulos de crédito en México: tipos, características y requisitos
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Resumen
El documento presenta los títulos de crédito en el derecho mexicano: sus características (autonomía, incorporación, circulación, legitimación y literalidad), su clasificación y las excepciones que pueden oponerse en una acción derivada de ellos. También describe los endosos, los principales tipos de títulos (letra de cambio, pagaré, cheque y otros) y sus requisitos formales. Incluye además notas sobre la apertura de crédito, la cuenta corriente y los contratos de depósito bancario.
Puntos clave
- Los títulos de crédito tienen cinco características: autonomía, incorporación, circulación, legitimación y literalidad.
- La letra de cambio contiene una orden incondicional al girado de pagar una suma de dinero, y debe mencionar expresamente que es letra de cambio.
- El pagaré es una promesa incondicional de pagar una suma de dinero, a diferencia de la letra, que es una orden.
- El cheque siempre es a la vista, lleva una orden incondicional de pagar y solo puede librarse a cargo de una institución de crédito.
- Los endosos pueden ser en propiedad, en procuración (o al cobro), en garantía o en prenda, y en blanco.
- El depósito bancario puede ser regular o irregular y se clasifica, entre otros criterios, por la forma de retiro.
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Características de los Títulos de Crédito
- Autonomía
- Incorporación
- Circulación
- Legitimación
- Literalidad
Clasificación de los Títulos de Crédito
- Por su contenido
- Por la persona que los emite
- Por su forma de emisión
Excepciones y Defensas Contra las Acciones Derivadas de un Título de Crédito
- Incompetencia y falta de personalidad
- No ser el demandado quien firmó
- Falta de representación o poder
- Incapacidad del demandado al suscribir el título
- Omisión de requisitos y menciones del título
- Alteración del texto del documento
- Fundarse en que el título no es negociable
- Basarse en la quita o pago parcial
- Fundarse en la cancelación del título
- Prescripción y caducidad
- Personales que tenga el demandado contra el actor
Clases de Endosos
- En propiedad
- En procuración o al cobro
- En garantía o en prenda
- En blanco
- Nombre del endosante
- Firma del endosante
- Clase de endoso
- Lugar y fecha
Tipos de Créditos
- Letras de cambio
- Pagaré
- Cheque
- Certificado de participación
- Certificado de depósito
- Bono en prenda
- Billete
- Obligaciones convertibles en acciones
Requisitos de la Letra de Cambio
- Mención de ser letra de cambio en el texto
- Expresión de lugar, mes y año en que se suscribe
- Orden incondicional al girado de pagar una suma de dinero
- Nombre del girado
- Lugar y fecha de pago
- Nombre del girado
Pagaré: Elementos Personales
- Suscriptor
- Tomador o beneficiario
Requisitos del Pagaré
- Mención de ser pagaré
- Promesa incondicional de pagar una suma de dinero
- Nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago
- Época y lugar de pago
- Firma del suscriptor
Apertura de Crédito
La apertura del crédito puede ser: simple o en cuenta corriente.
Causas de Extinción de un Crédito
- Por haber dispuesto el acreditado del total de su importe
- Por haber concluido o expirado el contrato
- Por denuncia conforme al contrato en términos de la ley
- Por hallarse cualquiera de las partes en suspensión de pago
- Por muerte o ausencia del acreditado
- Por disolución de la sociedad
Elementos del Contrato de Cuenta Corriente
- Personales: Cuenta correntista
- Objetivos: Remesas recíprocas
Vencimiento del Pagaré
- A la vista
- A cierto tiempo vista
- A cierto tiempo fecha o tiempo fijo
- Pagadero a la vista
- Elementos personales
- En el pagaré se estipulan intereses y en la letra no
- El pagaré es una promesa y la letra una orden
Características del Cheque
- Siempre son a la vista
- No se agregan cláusulas legales ni intereses
- Lleva la orden incondicional de pagar
- Si no lleva lugar, se paga en el domicilio del librado
- Solo puede ser expedido a cargo de una institución de crédito
- La firma del librado debe ser de puño y letra
- El vencimiento es de 15 días (local), 1 mes (nacional) y 3 meses (internacional)
Tipos de Cheques
- Cruzado (general o especial)
- Para abono en cuenta
- Certificado
- De caja
- De viajero
- Al portador
Contratos de Depósito Bancario
Sujetos
- Depositante
- Depositario (Institución)
El depósito bancario puede ser de 2 especies: regular e irregular.
Clasificación de los Depósitos Bancarios
- Por su naturaleza
- Por el depositante
- Por su forma de retiro (a la vista, a plazo, a previo aviso)
- En cuanto al número de depositantes (individuales y colectivos)
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre letra de cambio y pagaré?
La letra de cambio es una orden de pago que una persona dirige a otra (el girado), mientras que el pagaré es una promesa de pago que hace el suscriptor. Además, en el pagaré se estipulan intereses y en la letra no.
¿Qué características debe tener un cheque?
Siempre es a la vista, lleva una orden incondicional de pagar y no se agregan cláusulas legales ni intereses. Solo puede expedirse a cargo de una institución de crédito y la firma del librado debe ser de puño y letra.
¿Cuáles son las causas de extinción de un crédito?
Se extingue por haber dispuesto el acreditado del total del importe, por conclusión o expiración del contrato, por denuncia conforme al contrato, por suspensión de pagos de cualquiera de las partes, por muerte o ausencia del acreditado y por disolución de la sociedad.
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