El Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Extranjeras en Materia Civil y Mercantil en España
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La LCJI se aplica al Reconocimiento y la ejecución de decisiones judiciales extranjeras en Material civil y mercantil, incluyendo la responsabilidad civil derivada de delito y los contratos de trabajo (art. 1). Temporalmente, se aplica a las solicitudes de exequátur posteriores a su entrada en vigor, con independencia de la fecha en que fue dictada la resolución extranjera (DT única); esto es, cualquier demanda de exequátur presentada a partir del 21 de agosto de 2015 se somete al régimen de la nueva Ley, aunque la sentencia extranjera hubiese sido dictada con anterioridad. La LCJI distingue entre el reconocimiento de una sentencia extranjera (arts. 44-49) y su ejecución (art. 50). Reconocer una sentencia extranjera es dejar valer sus... Continuar leyendo "El Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Extranjeras en Materia Civil y Mercantil en España" »