Riesgo de Insolvencia y Valoración de Mercaderías: Contabilización y Deducibilidad Fiscal
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Contabilización del Riesgo de Insolvencia y Pérdidas por Deterioro
El riesgo de insolvencia se contabiliza a través de las pérdidas por deterioro. Esto se realiza en aplicación del principio de prudencia, el cual establece que las posibles pérdidas deberán tener reflejo contable en el momento en el que se conozca el riesgo. La empresa debe valorar si existe la posibilidad de no cobrar el dinero.
La Ley del Impuesto sobre Sociedades señala que son fiscalmente deducibles, y por tanto, está justificado que existe Riesgo de Insolvencia en los siguientes casos:
- Que el deudor haya sido declarado en situación de concurso de acreedores.
- Créditos reclamados judicialmente.
- Créditos morosos (que hayan transcurrido 6 meses desde su vencimiento y
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