Movilidad Geográfica Laboral: Derechos y Obligaciones
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La Movilidad Geográfica Laboral
A tenor de lo establecido en los artículos 1.261 del Código Civil y 20.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET), para que el contrato sea válido, las partes han de determinar el lugar concreto de trabajo en el que el trabajador prestará sus servicios, salvo que el trabajador sea contratado para prestar su trabajo en centros de trabajo móviles o itinerantes, en cuyo caso ha de hacerse constar esta circunstancia. Esta condición no puede quedar indeterminada, y, cuando no exista pacto expreso de determinación de la misma, su fijación competerá al empresario (o al trabajador si este no toma la iniciativa) al iniciarse la ejecución de la prestación. Sin embargo, tal fijación no equivale a su determinación... Continuar leyendo "Movilidad Geográfica Laboral: Derechos y Obligaciones" »