Regulación Laboral: Modificaciones, Suspensiones y Excedencias Contractuales
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Movilidad Sustancial de las Condiciones de Trabajo
La empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen.
Se considerarán modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
- Horario
- Sistema de retribución y cuantía salarial
- Régimen de trabajo a turnos
- Jornada laboral
Tipos de Modificaciones
- Modificaciones Individuales: El empresario deberá notificarlo al trabajador con una antelación mínima de 15 días a la fecha de efectividad. El trabajador tiene derecho a elegir entre aceptarlo o no aceptarlo.
- Modificaciones Colectivas: Cuando la modificación