Formalización del Despido Objetivo: Requisitos y Efectos según el Artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores
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Formalización del Despido Objetivo
La forma y los efectos del despido objetivo vienen establecidos en el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Este artículo establece lo siguiente:
1. Requisitos para la Adopción del Acuerdo de Extinción
La adopción del acuerdo de extinción, al amparo de lo prevenido en el artículo anterior, exige la observancia de los siguientes requisitos:
- a) Comunicación escrita al trabajador expresando la causa.
- b) Poner a disposición del trabajador, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, la indemnización de 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de 12 mensualidades. Cuando la decisión extintiva se fundare