Legitimación en la Negociación Colectiva: Representantes de Trabajadores y Empresarios
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Legitimación para Negociar Convenios Colectivos
Están legitimados para negociar:
En representación de los trabajadores:
En los Convenios Colectivos de empresa y de ámbito inferior:
- El comité de empresa.
- Los delegados de personal, en su caso.
- Las secciones sindicales si las hubiere que, en su conjunto, sumen la mayoría de miembros del comité.
Esto es, los órganos de representación unitaria y de representación sindical existentes en la empresa o centro de trabajo. Si las Secciones Sindicales así lo acordasen, siempre que sumen la mayoría de los miembros del comité o de los delegados de personal, les corresponderá la negociación en representación de los trabajadores.
En los convenios de grupos de empresa:
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