Deberes, Obligaciones y Control Social para Personas Privadas de Libertad
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Deberes y Obligaciones de la Persona Privada de Libertad y el Concepto de Control Social
Deberes de la Persona Privada de Libertad
La Persona Privada de Libertad tiene los siguientes deberes:
- Mantener una actitud respetuosa frente a los funcionarios o funcionarias penitenciarias, colaboradores o colaboradoras, personal voluntario, autoridades judiciales, familiares y visitantes que acudan a los establecimientos penitenciarios.
- Cumplir con las medidas higiénicas necesarias establecidas en las normas del régimen interno penitenciario, así como mantener un adecuado aseo personal.
- Desempeñarse laboralmente en los centros de producción de acuerdo a sus capacidades.
- Cumplir con el régimen de estudio y de capacitación laboral del establecimiento