Diferencias entre Bancos y Sociedades Anónimas en Chile
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Paralelo entre una Sociedad Anónima Bancaria y una Sociedad Anónima de Derecho Común
Constitución y Capital
Un banco requiere autorización de la Superintendencia, mientras que las sociedades anónimas de derecho común no. Los bancos también necesitan un capital mínimo de UF 800.000, a diferencia de las S.A. comunes.
Objeto Social y Acciones
El objeto social de los bancos está definido por ley, mientras que las S.A. comunes pueden tener múltiples objetos. Los aportes de los accionistas en un banco solo pueden ser en dinero, lo que no es el caso en las S.A. comunes. Además, un accionista que desee poseer el 10% o más de las acciones de un banco necesita autorización del Superintendente, requisito que no existe en una S.A. común.