Concurrencia de convenios colectivos: artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores
Artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores: Concurrencia de Convenios Colectivos
El Artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores (ET) regula la concurrencia entre convenios colectivos, estableciendo las reglas para determinar qué convenio se aplica cuando existen varios vigentes simultáneamente.
1. Principio de No Concurrencia (Regla General)
Establece el principio de no concurrencia: un convenio colectivo, durante su vigencia, no puede ser modificado por lo dispuesto en otro convenio de ámbito distinto. Esta regla es imperativa, excepto para los convenios o acuerdos marco del artículo 83.2 del ET, donde se puede pactar una regla de concurrencia diferente.
Un convenio negociado y firmado primero tiene preferencia. Los convenios posteriores...