Legitimación para negociar y firmar convenios colectivos: requisitos
¿Quién puede negociar y firmar convenios colectivos?
Primero, es necesario saber qué es la capacidad genérica y la específica:
- Capacidad genérica (art. 37.1 CE): se le proporciona a todos los representantes de trabajadores y empresarios.
- Capacidad específica o legitimación para negociar un convenio colectivo estatutario en una determinada unidad de negociación. Si este tipo de legitimación no se da, será un convenio extraestatutario. La legitimación tiene dos vertientes:
– Legitimación inicial o simple (art. 87 ET): derecho a intervenir en la negociación, es decir, formar parte de la comisión negociadora (sentarse en la mesa negociadora). A su vez, puede ser:
En el ámbito de la empresa o inferior:
- En la parte trabajadora, la legitimación