Servicios Esenciales y de Mantenimiento Durante la Huelga: Marco Legal y Jurisprudencia
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Servicios de Seguridad y Mantenimiento Durante la Huelga
El Artículo 6.7 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo (RDLRT) establece:
«El comité de huelga habrá de garantizar durante la misma la prestación de los servicios necesarios para la seguridad de las personas y de las cosas, mantenimiento de los locales, maquinaria, instalaciones, materias primas y cualquier otra atención que fuese precisa para la ulterior reanudación de las tareas de la empresa. Corresponde al empresario la designación de los trabajadores que deban efectuar dichos servicios».
Sin embargo, la Sentencia del Tribunal Constitucional (STC) de 8 de abril de 1981 declaró inconstitucional la parte final de este artículo (la designación... Continuar leyendo "Servicios Esenciales y de Mantenimiento Durante la Huelga: Marco Legal y Jurisprudencia" »